5º Juzgado Civil de Santiago

SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/SILVA

Rol

C-23854-2019

Fecha

1 de julio de 2020

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 1 de agosto de 2019, comparece don Patricio Villegas Castro, abogado, domiciliado en Bernarda Mor n N 435, Providencia,í ° Santiago, en representaci n de la ó SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INT RPRETES MUSICALESÉ , SCD, entidad de Gesti nó Colectiva de Derechos Intelectuales, regida por las disposiciones del T tuloí V de la Ley N 17.336, representada por su Director General, don Juanº Antonio Dur n Gonz lez, ingeniero civil, ambos domiciliados en Condellá á N 346, Providencia, Santiago, quien interpone demanda en juicio sumario° de cumplimiento de contrato, con indemnizaci n de perjuicios, en contra deó do a ñ MARLEN ANDREA SILVA CANDIA, comerciante, domiciliada en Avenida 10 de Julio N 159, Santiago, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y deº derecho que expone. Con fecha 2 de diciembre de 2019, se llev a efecto el comparendoó de estilo con la sola presencia del apoderado de la demandante y en rebeld a de la parte demandada.í Llamadas que fueran las partes a conciliaci n, sta no se produjo.ó é En la misma audiencia se recibi la causa a prueba, rindi ndose laó é que consta en autos. Con fecha 17 de abril de 2020, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Patricio Villegas Castro, en representaci n de la ó SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INT RPRETES MUSICALESÉ , quien interpone demanda en juicio sumario de cumplimiento de contrato, con indemnizaci n de perjuicios, enó contra de MARLEN ANDREA SILVA CANDIA, a objeto de que, acogi ndola, se condene al demandado a: 1) pagar la tarifa mensual pactadaé en el contrato de autorizaci n de comunicaci n o ejecuci n p blica C1-Nó ó ó ú º 96794, de 0.86 U.M.M. equivalente hoy en d a a $641.390.- (seiscientosí cuarenta y un mil trescientos noventa pesos) respecto del per odoí comprendido entre los meses de enero de 2017 a julio de 2019 , ambos inclusive. 2) Cancelar la tarifa mensual indicada en el n mero precedente,ú por el per odo comprendido entre el 1 de agosto de 2019 en adelante yí º hasta el t rmino del juicio. 3) Pagar a t tulo de indemnizaci n de perjuicios,é í ó el inter s corriente bancario para operaciones reajustables, contado desde elé und cimo d a del mes siguiente a cada per odo mensual adeudado hasta sué í í pago efectivo. 4) Pagar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales, prevista en el art culo 78 de la Ley N 17.336, o la que el Tribunal se sirvaí º fijar. 5) Sin perjuicio de lo anterior, en subsidio, y de acuerdo al m rito delé proceso, a lo que el Tribunal determine, conforme a derecho. 6) Al pago de las costas de la causa. Sostiene que La Sociedad Chilena de Autores e Int rpretes Musicales,é SCD, antes Sociedad Chilena del Derecho de Autor, SCD, conforme a las autorizaciones concedidas por Resoluciones N s. 3.891 y 2.608 delº Ministerio de Educaci n, publicadas en el Diario Oficial del 10 de octubreó de 1992 y 23 de junio de 1994, respectivamente, es una entidad de gesti nó colectiva que cuenta con la autorizaci n de funcionamiento a que seó refieren los art culos 91 y siguientes de la Ley N 17.336, Sobre Propiedadí º Intelectual, (modificada por y siguientes de la Ley N 17.336, Sobreº Propiedad Intelectual, (modificada por la Ley N 19.166, de 1992).º Expone que SCD est autorizada para realizar la gesti n colectiva deá ó los derechos de autor y conexos de los autores, compositores, artistas, int rpretes y ejecutantes, productores de fonogramas y dem s titulares deé á derechos que representa, tanto nacionales y extranjeros, para la administraci n del derecho de comunicaci n p blica de las obras musicales,ó ó ú con o sin texto, sincronizados o no en obras audiovisuales, teatrales y coreogr ficas, que constituyen el repertorio de SCD, el cual consta en elá Re

Fallo

se resuelve: I.- Que, se acoge parcialmente la demanda deducida en lo principal de folio 1, en cuanto se condena a la demandada a pagar a la demandante la retribuci n de 0.86 Unidades Musicales mensuales, pactada en laó cl usulas tercera y d cima por los periodos que van desde el 1 de enero deá é ° 2017 a 30 de julio de 2019, ambos inclusive, por la suma de $641.390.- II.- Que, se condena a la parte demandada al pago de la retribuci nó pactada de 0.86 Unidades Musicales mensuales, por el per odo comprendidoí entre el 01 de agosto de 2019, a la fecha de la presente sentencia. III.- Que se condena al demandado a pagar un inter s corrienteé bancario para operaciones reajustables, a contar del d a siguiente de suí vencimiento hasta su pago efectivo. IV.- Que, se condena a la parte demandada al pago de una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales. V.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese, an tese y notif queseí ó í En Santiago, a uno de Julio de dos mil veinte , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte

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FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-23854-2019 CARATULADO : SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INT RPRETES MUSICALES/SILVAÉ Santiago, uno de Julio de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 1 de agosto de 2019, comparece don Patricio Villegas Castro, abogado, domiciliado en Bernarda Mor n N 435, Providencia,í ° Santiago, en representaci n de la ó

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