2º Juzgado Civil de Chillán

ARAVENA/

Rol

V-19-2020

Fecha

1 de julio de 2020

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha 12 de febrero de 2020, a través de la Oficina Judicial Virtual, compareció don Eduardo Javier Carrasco López, abogado, en representación convencional de doña OLIMPIA DEL CARMEN ARAVENA ARAVENA, chilena, viuda, labores de casa, ambos domiciliados en calle Tarapacá Nº 98, población Zañartu, Chillán, y señala que su representada es dueña del siguiente documento, el que actualmente se encuentra extraviado: depósito a plazo en UF, tomado en la sucursal de Chillán, del Banco Itaú, ubicado en calle Constitución Nº 550 de esta ciudad, número de inversión 3667008, Sub Producto DP RNV UF, cuya custodia del certificado se encontraba en poder de mi representada, por un importe inicial de $177.513, con fecha de vencimiento el 09 de marzo de 2020, individualizándose la entidad con el número distintivo 0039; centro 0141; usuario BG4CIPG0; terminal T428; fecha 31 de diciembre de 2009; hora 01.56.23. Agrega que su representada actualmente no cuenta con la custodia del documento señalado, y a la fecha no ha sido posible dar materialmente con éste, por lo que, conforme con lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092 y Ley N° 18.552, solicita declarar extraviado el documento antes singularizado y se instruya no efectuar el pago del mismo, dejando sin efecto la copia extraviada, ordenando la emisión de un duplicado del documento original con el mérito de la copia autorizada de la sentencia, permitiendo a su representada ejercer los derechos que le corresponden. Para ello produjo la siguiente instrumental, acompañada a la solicitud del folio 1, consistente en copia autorizada de liquidación de intereses del depósito a plazo de fecha 16 de enero de 2020, extendido por el Banco Itaú. En el folio 5, con fecha 20 de febrero del presente año, se confirió el traslado respectivo al banco emisor, conforme dispone el artículo 88 de la Ley 18.092. En el folio 7, con fecha 05 de marzo del año en curso, la solicitud fue notificada al representante lega

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que con el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley 18.092, de los que se desprende la existencia del instrumento cuyo extravío se solicita, no habiéndose presentado oposición alguna a ella dentro del término legal y concurriendo los presupuestos adjetivos que la hacen procedente,

Fallo

se declara: Que se acoge la solicitud de lo principal de la presentación de fecha 12 de febrero de 2020, declarándose extraviado para todos los efectos legales el original DEPÓSITO A PLAZO EN UF, tomado en la sucursal de Chillán del Banco Itaú, ubicado en Calle Constitución Nº 550, de esta ciudad, número de inversión 3667008, Sub Producto DP RNV UF, cuya custodia del certificado se encontraba en poder de su representada, por un importe inicial de $177.513, y con fecha de vencimiento el día 09 de marzo de 2020, entidad número distintivo 0039; centro 0141; usuario BG4CIPG0; terminal T428; fecha 31 de diciembre de 2009; hora 01.56.23, y, en consecuencia, se autoriza a su beneficiaria, doña OLIMPIA DEL CARMEN ARAVENA ARAVENA, RUT 3.905.671-2, para ejercer los derechos que legalmente le correspondan ante el Banco emisor, ejecutoriada que sea la presente resolución. Regístrese, notifíquese y en oportunidad, archívese. Rol V-19-2020 Dictó doña MARÍA ALEJANDRA CRUZ VIAL, Juez Interina. En Chillan, a uno de Julio de dos mil veinte, se notific por el estado diario,ó la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas

Texto Completo (Preview)

FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Chill ná CAUSA ROL : V-19-2020 CARATULADO : ARAVENA/ Chillán, uno de Julio de dos mil veinte VISTOS: Que con fecha 12 de febrero de 2020, a través de la Oficina Judicial Virtual, compareció don Eduardo Javier Carrasco López, abogado, en representación convencional de doña OLIMPIA DEL CARMEN ARAVENA ARAVENA, chilena, viuda

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica