Juzgado de Garantía de Coquimbo.

MP COQBO.- C/ DYLAN PATRICK PERALTA DÍAZ

Rol

O-4057-2022

Fecha

7 de marzo de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 28 de septiembre de 2022, a las 12:40 horas aproximadamente, en Avenida Circunvalación esquina calle Regimiento Buin, sector Parte Alta, Coquimbo, el acusado DYLAN PATRICK PERALTA DÍAZ fue sorprendido por funcionarios de Carabineros conduciendo y teniendo en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, el vehículo marca Renault, modelo Koleos, Color Plateado, Placa Patente Única HBTH-87, avaluado en la suma de $$8.089.186, el cual había sido robado con intimidación el día anterior 27.09.2022, a las 23:00 horas aproximadamente a su propietario, la víctima Fernando Alberto Figueroa Muñoz, en el sector de la intersección de Avenida Costanera y calle De La Corbeta, sector Peñuelas, comuna de Coquimbo. “ B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a siete de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 4, 7, 11 N° 6 y 9 , 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 67, 69, 70, 456 bis a), inciso 1 todos del Código Penal, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 4, 38, de la Ley 18.216, 600 del Código Orgánico de Tribunales, artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República,

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a DYLAN PATRICK PERALTA DÍAZ, cédula nacional de identidad N° 20.973.497-4, a la pena de 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE CINCO UTM, SUSPENSIÓN DE CARGO Y OFICIO PÚBLICO MIENTRAS DURE LA CONDENA, por su responsabilidad a título de autor de un receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en del artículo 456 bis A inciso 3° del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, en que cabe al acusado participación en calidad de autor, ocurrido el día 28 de septiembre de 2022. II.- Que se sustituye la pena corporal por la pena sustitutiva de remisión condicional por el mismo periodo de la condena, para estos efectos, el día 14-03- 2023, deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de La Serena entre la s09:00 a 12:00 del dia a fin de dar inicio a esta pena sustitutiva, en caso de que no se presente en la fecha indicada se le despachará una orden de detención; en caso de que esta pena sustitutiva sea intensificada o revocada le servirá de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, el día 29 de septiembre de 2022 (1 día). III.- Que para el pago de la multa impuesta se concede 5 cuotas de 1 UTM cada una, a fin de garantizar el pago íntegro de la pena pecuniaria, para estos efectos deberá efectuar el pago de la primera cuota dentro de los primeros cinco días del mes de Abril de 2023 y así sucesivamente, en caso de no pagar una de las cuotas, se hará exigible el tot

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El día 28 de septiembre de 2022, a las 12:40 horas aproximadamente, en Avenida Circunvalación esquina calle Regimiento Buin, sector Parte Alta, Coquimbo, el acusado DYLAN PATRICK PERALTA DÍAZ fue sorprendido por funcionarios de Carabineros conduciendo y teniendo en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, el vehículo marca Renault, modelo Koleos, Color P

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