2º Juzgado Civil de Temuco

SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGION ARAUCANIA/

Rol

V-363-2019

Fecha

30 de junio de 2020

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de noviembre de 2019, comparece don OSCAR PAVES MORALES, Abogado, domiciliado en Temuco, Avenida Bernardo O´Higgins N°830, en representación del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de la Araucanía, en adelante SERVIU Región de la Araucanía, persona jurídica de derecho público, ambos domiciliados en calle Arturo Prat 847, quien solicita que se decrete notificar tasación, consignación y adquisición de dominio del predio Rol de Avalúo N° 1428-13, de la comuna de Temuco, de aparente dominio de INMOBILIARIA JAEN S.A., con domicilio en Avenida Andes s/n, de la ciudad de Temuco, señalando que por Resolución Exenta N° 3841 de fecha 22 de noviembre del año 2019, en uso de las facultades contenidas en el D.S. N° 355 (V. y U.) de 1976, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley N° 16.391, de 1965, y en el D.L. 2.186, de 1978, se ordenó la expropiación de la propiedad singularizada como Lote N° 01-B, consistente en “Resto del Lote 279 que se ubica al final de la Avenida Alemania de la ciudad de Temuco”. El inmueble afecto a expropiación comprende una superficie a expropiar de 777,25 metros cuadrados aproximadamente, indicándose los deslindes y dimensiones también aproximados en el Acto Expropiatorio ya mencionado. La Inscripción aparente del inmueble afecto a expropiación, se encuentra a Fojas 8584 vuelta, número 8448 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2015, del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Agrega que en atención a que no se ha producido acuerdo acerca del monto de la indemnización y de conformidad a lo ordenado en el artículo 17, en relación con el artículo 5 del citado D.L. N° 2.186, la expropiante ha procedido a consignar en la cuenta corriente de este Tribunal, la suma de $410.868.055.- (cuatrocientos diez millones ochocientos sesenta y ocho mil cincuenta y cinco pesos), cantidad que de acuerdo al Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, corresponde pagar al contado.- Con fecha 28

Fundamentos

CONSIDERANDO: Lo solicitado con fecha 13 de mayo de 2020, en mérito de la certificación y publicaciones Diario Oficial y en Diario Austral de Temuco, certificado de deuda de la propiedad expropiada, oficio remitido por el Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, certificación de fecha 06 de mayo de 2020, y considerando además lo dispuesto en los art 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Decreto Ley 2186, Ley Orgánica de Procedimientos de Expropiaciones,

Fallo

se resuelve: I.-Que HA LUGAR a lo solicitado con fecha 13 de mayo de 2020, por el expropiado y en consecuencia se ordena girar el cheque a nombre de: Inmobiliaria Jaen SpA, Rut Nº 96.792.130-0, con domicilio en calle Guido Beck de Ramberga Nº 864, comuna de Padre Las Casas, por la suma de $410.868.055 (cuatrocientos diez millones ochocientos sesenta y ocho mil cincuenta y cinco pesos).- Para efectos de la entrega del cheque y estricto cumplimiento a lo establecido en el acápite cuarto del Acta N°87-2014 de la Excelentísima Corte Suprema, deberá comparecer el abogado patrocinante y/o apoderado y el representante legal de la parte expropiada, con el fin de firmar y dejar debida constancia de su individualización en el expediente ante el Secretario del Tribunal.- Regístrese, anótese, notifíquese y archívese. – Dictada por ANJA CONSTANCE WENDT HELLE Juez Subrogante del Segundo Juzgado Civil de Temuco.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, treinta de Junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más informac

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-363-2019 CARATULADO : SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACI NÓ REGION ARAUCANIA/ Temuco, treinta de junio de dos mil veinte. VISTOS: Con fecha 28 de noviembre de 2019, comparece don OSCAR PAVES MORALES, Abogado, domiciliado en Temuco, Avenida Bernardo O´Higgins N°830, en representación del Servicio de Vivienda y Urbanizac

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