BUSTOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA
Rol
C-1766-2020
Fecha
30 de junio de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece doña María Bustos Roa, dueña de casa, domiciliada en calle Ciencias N°6445, comuna de La Cisterna, quien presenta demanda de prescripción extintiva de acción de cobro de derechos de aseo domiciliario, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, representada por su Alcalde, don Santiago Rebolledo Pizarro, sociólogo, ambos con domicilio en Avenida Pedro Aguirre Cerda N°0161, comuna de La Cisterna. Señala que es dueña del inmueble ubicado en calle Ciencias N°6445, comuna de La Cisterna, y que conforme al informe de deuda actualizado al mes de junio de 2019, expedido por la Municipalidad antedicha, mantiene una deuda que se extiende en el periodo correspondiente desde el 30 de septiembre de 2004 hasta el 30 de noviembre de 2014. Explica que de lo anterior se desprende que esa deuda se encuentra prescrita para su cobro, toda vez que han transcurrido los plazos legales del artículo 2514 inciso primero del Código Civil, y cuyo monto total asciende a la suma de $1.749.260. Concluye solicitando que en definitiva, se declare la prescripción del pago por concepto de derechos de aseo devengados en su contra, por el periodo comprendido entre el 30 de septiembre de 2004 hasta el 30 de noviembre de 2014, cuyo monto asciende a $1.749.260, con costas en caso de oposición. C-1766-2020 Foja: 1 Con fecha 15 de mayo de 2020, la Ilustre Municipalidad de La Cisterna contestó la demanda, allanándose totalmente a ella. Con fecha 25 de mayo de 2020, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña María Bustos Roa, dedujo demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de la deuda por conceptos de derechos de aseo domiciliarios en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, por el período que va desde el 30 de septiembre de 2004 hasta el 30 de noviembre de 2014, y cuyo monto asciende a $1.749.260. Funda su demanda en los motivos de hecho y derecho que se señalaron en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la demandada se allanó a la demanda. TERCERO: Que, la parte demandante rindió la prueba documental, legalmente agregada y sin objeción de su contraria, consistente en: 1.- Informe de deuda derechos de aseo domiciliario, emitido por la I. Municipalidad de La Cisterna con fecha 5 de junio de 2019. 2.- Copia autorizada de inscripción de fojas 6221, número 8419, del Registro de Propiedad del año 1996 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, expedido el 9 de diciembre de 2019. 3.- Certificado de residencia N°8134 expedido por Junta de Vecinos Augusto Biaut, con fecha 26 de diciembre de 2019. 4.- Certificado de número N°1379, expedido por la I. Municipalidad de La Cisterna con fecha 30 de diciembre de 2019. CUARTO: Que, el artículo 2.492 del Código Civil, dispone “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales”. QUINTO: Que, por su parte el artículo 2.497 del mismo cuerpo legal señala que: “Las reglas relativas a la prescripción se aplican igualmente a favor o en contra del C-1766-2020 Foja: 1 Estado, de las iglesias, de las municipalidades, de los establecimientos y Corporaciones Nacionales y de los individuos particulares que tienen la libre administración de los suyos”, razón por la que es aplicable la institución precedente a la presente causa. SEXTO: Que, el Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, precisa en el artículo 7° “Las municipalidades cobrarán una tarifa anual por el servicio de aseo”, circunstancia que impide calificarlos jurídicamente como tributos, desde el momento que doctrinariamente los impuestos se caracterizan por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la Administración. A lo anterior, cabe agregar que la definición y clasificación de los impuestos aparece en el Título IV del Decreto Ley en comento, denominado expresamente “De los impuestos municipales”, sin que en dicho Título se incluyan los derechos de aseo municipales, lo que refuerza la convicción recién anotada. SÉPTIMO: Que, la jurisprudencia reiterada y uniforme de la Excelentísima Corte Suprema, ha señalado que dentro del concepto de impuesto “no se encuentra incluida la tarifa que se cobra por el servicio municipal de extracción de residuos sólidos domiciliarios, porque precisamente existe una correlación directa entre el servicio prestado
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda, en consecuencia se declara que se encuentran prescritas las acciones para el cobro de los derechos de aseo que se hicieron exigibles desde 30 de septiembre de 2004 y el 30 de noviembre de 2014, ambas fechas inclusive, además de los reajustes e intereses, respecto del inmueble ubicado en Ciencias N°6445, comuna de La Cisterna. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. ROL 1766-2020. DICTADA POR DOÑA SUSANA CHACÓN ARANCIBIA, JUEZA TITULAR. C-1766-2020 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, treinta de Junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-30T16:26:11-0400
Texto Completo (Preview)
C-1766-2020 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-1766-2020 CARATULADO : BUSTOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA San Miguel, treinta de Junio de dos mil veinte VISTOS: Comparece doña María Bustos Roa, dueña de casa, domiciliada en calle Ciencias N°6445, comuna de La Cisterna, quien presenta demanda de prescripción extintiv
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica