INVERSIONES SMG CHILE SPA
Rol
V-43-2019
Fecha
30 de junio de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, doña MARGARITA CASANOVA CAMPAÑA, chilena, casada, industrial minera, cédula de identidad N° 6.917.102- 8, domiciliada en calle Blas Segundo Téllez N° 0253, Villa Carlos Condell de esta ciudad, presentó a folio 1, con fecha 24 de abril de 2019, la manifestación de las pertenencias mineras denominadas “DELIA 1 AL 50”, solicitando 50 pertenencias de 2 hectárea de superficie cada una, comprendiendo un total de 100 hectáreas. SEGUNDO: Que, dicha manifestación se inscribió a fojas 29, bajo el N° 17 del Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Tocopilla, correspondiente al año 2019. TERCERO: Que, la referida manifestación se publicó con fecha 13 de mayo de 2019 en el Boletín Oficial de Minería de la Segunda Región. CUARTO: Que, la solicitud de mensura se publicó con fecha 25 de noviembre de 2019, en el Boletín Oficial de Minería de la Segunda Región. QUINTO: Que, con fecha 7 de febrero de 2020, folio 14, la solicitante da cuenta de la compraventa de la manifestación minera de autos, acompañando el contrato respectivo de fecha 18 de diciembre de 2019, inscrito en el Repertorio 715/2019 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Tocopilla, en el cual consta que la empresa Inversiones SMG Chile Spa, RUT 76.005.925-9, del giro y nacionalidad de su denominación, domiciliada en La Dehesa N° 181, oficina 808, Comuna Lo Barnechea, Santiago, representada por don Alvaro Rodrigo Cumiquir Bustos, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad N° 17.826.247-5, domiciliado en calle Liucura N° 30 de Pucón, es la actual propietaria de las pertenencias mineras “DELIA 1 AL 50”. SEXTO: Que con fecha 28 de mayo de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Oficio Ordinario N° 3320, emitió el correspondiente informe consignando que la operación de mensura, su acta y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a las exige
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del SERNAGEOMIN, esta sentenciadora concluye que el proceso se encuentra ajustado a la ley, sin que existan vicios procesales ni causales que ameriten la denegación de la concesión o la declaración de caducidad por lo que es procedente acceder a lo solicitado por la interesada, aprobando el acta y plano y declarando constituida la concesión de explotación solicitada. Y VISTOS, además, lo dispuesto en los artículos 85, 87, 90 y 239 del Código de Minería de 1983 y lo establecido en los artículos 42, 43 y 94 del Reglamento de dicho Código, Decreto Supremo N° 1 de fecha 3 de Enero de 1986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, Edición N° 32.709 de fecha 27 de Febrero de 1987.
Fallo
SE DECLARA: SE APRUEBA el acta y plano de mensura de autos y se declara constituida la concesión de explotación de las pertenencias mineras denominadas “DELIA 1 AL 50”, con una superficie total de 100 hectáreas, en favor de INVERSIONES SMG CHILE SPA, representada por don Álvaro Rodrigo Cumiquir Bustos, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y envíese a la Oficina Judicial Virtual para su firma por parte del Ministro de Fe del Tribunal y publíquese éste en el Boletín Oficial de Minería de la Segunda Región. Obténgase copia de la presente sentencia constitutiva de la página web del Poder Judicial y retírese en Secretaría del Tribunal el original del plano y acta para ser entregados por el solicitante o por quién lo represente al Servicio Nacional de Geología y Minería. Inscríbase esta sentencia constitutiva y el acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tocopilla y retírese por el solicitante copia del acta de mensura y plano para ser entregados al Conservador de Minas referido a fin de que proceda a su archivo en el Registro mencionado. Cumplida que sea la inscripción antes ordenada, proceda el Conservador de Minas de Tocopilla a la anotación de aquella al margen de la inscripción de la manifestación de autos que corre a fojas 29, bajo el N° 17 del Registro de Descubrimientos de ese Conservador, correspondiente al año 2019 y a la remisión de la
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FOJA: 27. NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Tocopilla CAUSA ROL : V-43-2019 CARATULADO : INVERSIONES SMG CHILE SPA Tocopilla, treinta de junio del año dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, doña MARGARITA CASANOVA CAMPAÑA, chilena, casada, industrial minera, cédula de identidad N° 6.917.102- 8, domiciliada en calle Blas Segundo Téllez N° 0253, Villa C
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