VALENZUELA/
Rol
V-2-2020
Fecha
30 de junio de 2020
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 3 de enero de 2020 comparece don Cristian Valenzuela Araya, jubilado, domiciliado en C ceres N 41 comuna de Rancagua, quiená ° solicita se declare la interdicci n definitiva respecto de su madre do a Sylvia Aliciaó ñ Araya Araya, C.I N ° N. 3.547.060-3, y que se le declare su curador, agregando que suº madre tiene 89 a os de edad en la actualidad, quien padece de demencia y sobrellevañ una discapacidad global profundo de un 80.00%, Mental Ps quica, por lo que seí encuentra inscrita en el respectivo Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, mediante Resoluci n Exenta N mero 933 emitida por laó ó ú Comisi n de Medicina Preventiva e Invalidez de la Regi n del Libertador Bernardo Oó ó Higgins, de fecha 05 de abril del a o 2019 y que es l ´ ñ é quien se responsabiliz deó brindarle todos los cuidados y atenciones que necesita, raz n por la que se encuentraó bajo su absoluta dependencia la que se extiende al aspecto se alado, sino tambi n alñ é mbito de sus relaciones con terceros, habi ndome encargado siempre de todas lasá é diligencias que su madre ha realizado en las instituciones p blicas y privadas, y que aú fin de velar por la administraci n de sus bienes, es necesario que oportunamente se laó declare interdicta y se le designe su curador. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los hechos expuestos en su solicitud de folio 1, se ingres la documental consistente en;ó 1.- Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci nó y Copia Simple credencial de discapacidad 2. Certificado de nacimiento 3. Copias simples de las c dulas de identidad é 4. Certificados de residencia 5. Informe m dico.é TERCERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 4 Incisoí segundo de la Ley N 18.600 sobre Deficientes Mentales, modificada por las Leyes Nº º 19.735 y N 20.255, se procedi seg n consta en folio 12 a practicar la audiencia de° ó ú rigor con la persona discapacitada. CUARTO: Que, con el m rito de la prueba ya singularizada y teniendoé especialmente presente el certificado de nacimeinto de folio 1 y la audiencia realizada en folio 12, se concluye que do a ñ SYLVIA ALICIA ARAYA ARAYA, C.I N ° N.º 3.547.060-3, padece una discapacidad que la inhabilita para actuar con el debido discernimiento en la vida jur dica, por lo que procede acoger la solicitud, nombr ndoleí á como curador de su persona y bienes a su hijo don Cristian Mauricio Valenzuela Araya C.I: 7.667.626-7.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254, 817í y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 443, 447, 456, 1698 del C digo Civil, seó ó declara: I.- Que, se hace lugar a la solicitud de fojas 1 y siguientes, y en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por demencia de la discapacitada do a ó ñ SYLVIA ALICIA ARAYA ARAYA, C.I N ° N. 3.547.060-3, º quedando en consecuencia privada de la administraci n de sus bienes.ó II.- Que, se nombra como curador definitivo de la persona y bienes de la interdicta a don CRISTIAN MAURICIO VALENZUELA ARAYA C.I: 7.667.626-7. III.- Que se exime a la curadora de rendir fianza, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 375 del C digo Civil. í ó IV.- Que tambi n se exime al curador de confeccionar inventario, ené conformidad con el art culo 380 del C digo Civil, ya que de los antecedentes de la causaí ó no se colige que tenga medios suficientes para soportar los gastos de su confecci n. Eló ROL V 2-2020 curador deber acompa ar un apunte privado en que consten los bienes de la interdicta,á ñ con las formalidades que se ala el mismo art culo, dentro de los treinta d as siguientes añ í í la notificaci n de la sentencia. ó V.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento. VI.- Dese cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 447 del C digo Civil eí ó inscr base la presente sentencia en el registro respectivo del Conservador de Bienesí Ra ces de Rancagua y cumplase con las publ caciones en
Texto Completo (Preview)
ROL V 2-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-2-2020 CARATULADO : VALENZUELA/ Rancagua, treinta de Junio de dos mil veinte VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 3 de enero de 2020 comparece don Cristian Valenzuela Araya, jubilado, domiciliado en C ceres N 41 comuna de Rancagua, quiená ° solicita se declare la interdicci n definitiva respec
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica