Juzgado de Garantía de Ovalle.

MINISTERIO PÚBLICO C/ HUGO IGNACIO TRIGO QUEZADA

Rol

O-489-2023

Fecha

6 de marzo de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: el día 10 de febrero de 2023, aproximadamente a las 18:50 horas el imputado Hugo Ignacio Trigo Quezada, sustrajo desde el supermercado Tottus de calle Prolongación Benavente N°1075, comuna de Ovalle, cuatro sobre de un kilo de Milo Activen, avaluadas en la suma de $33.800.- pesos que ocultó en su mochila siendo sorprendido por guardias de seguridad cuando traspasaba las líneas de cajas sin pagar el valor de las especies. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 14, 15, 30, 49, 50, 62, 67, 68, 69, 70, 446 del Código Penal, art. 391 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, modificada por la ley 20.603 se declara que: I.- Se acoge el requerimiento y por tanto se condena a Hugo Ignacio Trigo Quezada, ya individualizado, cédula nacional de identidad N° 18.924.329-4, a sufrir la pena de treinta y un (31) días de prisión en su grado medio y multa de una (01) unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple frustrado del artículo 446 Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Ovalle el día 10 de febrero de 2023 en perjuicio del supermercado Tottus de esta ciudad, se le impone asimismo la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional deberá quedar sujeto a la vigilancia de la sección tratamiento del medio libre de Gendarmería de Chile por el plazo de un año y cumplir las demás instrucciones que este organismo le imparta. El sentenciado deberá presentarse dentro de quinto día desde que quede ejecutoriada esta sentencia ante el Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio a fin de iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva bajo apercibimiento de revocarle ésta. III.- Si el sentenciado no pagare la multa sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose un día por cada tercio de unidad tribut

Fallo

se declara que: I.- Se acoge el requerimiento y por tanto se condena a Hugo Ignacio Trigo Quezada, ya individualizado, cédula nacional de identidad N° 18.924.329-4, a sufrir la pena de treinta y un (31) días de prisión en su grado medio y multa de una (01) unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple frustrado del artículo 446 Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Ovalle el día 10 de febrero de 2023 en perjuicio del supermercado Tottus de esta ciudad, se le impone asimismo la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional deberá quedar sujeto a la vigilancia de la sección tratamiento del medio libre de Gendarmería de Chile por el plazo de un año y cumplir las demás instrucciones que este organismo le imparta. El sentenciado deberá presentarse dentro de quinto día desde que quede ejecutoriada esta sentencia ante el Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio a fin de iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva bajo apercibimiento de revocarle ésta. III.- Si el sentenciado no pagare la multa sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual, de acuerdo a lo señalado en el artículo 70 del Código Penal se JUZGADO DE GARANTÍA OVALLE Vicuña Mackenna Nº575 Fonos (053) 630044 – 630047 / Fax (053)

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., a seis de marzo de dos mil veintitrés. Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado LUIS ALBERTO MUÑOZ CAAMAÑO Fiscal JAIME ROJAS GATICA Defensor GERARDO TAGLE SEPULVEDA RUC 2300161588-2 RIT 489-2023 Delito HURTO SIMPLE ART. 446 n°2 Código Penal. Grado de ejecución Frustrado Participación Autor Atenuante(s) 11 n°9. Agra

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