SOTO/BOHME
Rol
O-648-2021
Fecha
23 de noviembre de 2021
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Viáticos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la demanda y tiene por evacuado el trámite de contestación en rebeldía por las demandadas, quiénes no han comparecido encontrándose válidamente notificadas. Sentencia inmediata La parte demandante, teniendo presente que las demandadas fueron emplazadas, que no contestaron la demanda y no comparecieron a esta audiencia, solicita se dicte sentencia inmediata y se tengan por tacitamente admitidos los hechos y con ello, de acuerdo al artículo 451 N° 3 inciso 2 del Código del Trabajo se de por concluída esta audiencia y se dicte sentencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 453 N°1 incieso séptimo del Código del Trabajo. El Tribunal resuelve: Que atendido lo expuesto, se accede a la solicitud de la parte demandante y se procede a dictar sentencia inmediata. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se llevó a efecto audiencia preparatoria de juicio en autos, iniciados mediante demanda por despido indirecto, cobro de prestaciones y nulidad del despido deducida por CARLOS FERNANDO SOTO VEGA, RUT Nº 5.893.573-5, empleado, domiciliado para estos efectos en calle 14 de febrero 2516, Antofagasta, en contra de la empresa EXPINDUS METALURGICA LIMITADA, RUT Nº 82.943.600-0, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don HUGO ALEJANDRO BÖHME GALAZ, RUN Nº 4.875.386-8, ambos con domicilio en calle Buen Orden Nº 1051, Independencia, Santiago; y, en contra de la empresa, para efectos laborales, HUGO ALEJANDRO BÖHME GALAZ, RUN Nº 4.875.386-8, persona natural, con domicilio en calle Buen Orden Nº 1051, Independencia, Santiago. SEGUNDO: Que, las demandadas fueron notificadas válidamente de la demandada conforme dispone el artículo 439 del Código del Trabajo, por avisos en el Diario Oficial de la República. TERCERO: Que, es necesario tener presente, que habiendo sido legalmente notificada la demandada y al no haber contestado la demanda ni comparecido a la audiencia prepar
Fallo
fallo las menciones a que hace referencia los números 3 y 4 de la misma disposición. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7 a 10, 41, 73, 161, 162, 168, 171, 172, 423, 425 a 432, 446, 453 y 459 del Código del Trabajo y 15 y 17 de la Ley N° 19.728, se resuelve: I.- Que, se acoge demanda interpuesta por CARLOS FERNANDO SOTO VEGA, RUT Nº 5.893.573-5, en contra de EXPINDUS METALURGICA LIMITADA, RUT Nº 82.943.600-0, y en contra de HUGO ALEJANDRO BÖHME GALAZ, RUN Nº 4.875.386-8, ya individualizados, en todas sus partes y en consecuencia se declara el despido indirecto ajustado a derecho, la nulidad del despido y se le condena a pagar los siguientes valores por el concepto que en cada caso se indica: 1. $1.307.618 Por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2. $14.383.798 Por concepto de indemnización por años de servicio. 3. $7.191.899 Por concepto de recargo de acuerdo con el artículo 171 del Código del Trabajo. 4. $1.307.618 Por concepto de remuneración insoluta de febrero de 2021. 5. $1.307.618 Por concepto de remuneración insoluta de marzo de 2021. 6. $1.307.618 Por concepto de remuneración insoluta de abril de 2021. 7. $1.307.618 Por concepto de remuneración insoluta de abril de 2021. 8. $2.658.823 Por concepto de feriado legal y proporcional. 9. $8.390.000 Por concepto de viatico. 10. Nulidad del despido por lo que deberá pagar la suma de $1.307.618.- desde la fecha del despido indirecto ocurrido el día 18 de junio del año 2021
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Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta Audiencia Preparatoria por video conferencia_Plataforma_Zoom FECHA Antofagasta, veintidós de Noviembre de dos mil veintiuno. MAGISTRADO CARLOS CAMPILLAY ROBLEDO. HORA DE INICIO 08:42 am HORA DE TERMINO 08:50 am ENCARGADO DE ACTA Yanett Bugueño Chávez SALA 4 RUC 21-4-0343858-5 RIT O-648-2021 Registro de audio N° 2140343858-5-1335 RES
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