Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ PEDRO LUIS VERA CANALES

Rol

O-161-2023

Fecha

3 de marzo de 2023

Materia

OTROS DELIT. CONTRA ORDEN Y SEG. PUBLIC COMET POR PARTICUL

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos: 1, 7, 14, 15, 18, 304 BIS del Código Penal; artículo 5° de la Ley 20.066; artículo 1, 45 y siguientes, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.-Que se ABSUELVE de toda responsabilidad en los hechos materia del requerimiento a PEDRO LUIS VERA CANALES, cédula nacional de identidad N° 9.745.040-417.558.643-1, ya individualizado, en relación con el presunto delito de ingreso de teléfono celular a recinto penitenciario, que habría ocurrido el día 5 de enero del año 2023, en la comuna y ciudad de Valparaíso. II.- Se exime al pago de las costas de la causa al ministerio público, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 347 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2300021263-6 RIT N° 161 - 2023 Dictada por don Camilo Obrador Castro, Juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: EDXDXENJXLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EDXDXENJXLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-06T08:54:29-0300

Fallo

se declara: I.-Que se ABSUELVE de toda responsabilidad en los hechos materia del requerimiento a PEDRO LUIS VERA CANALES, cédula nacional de identidad N° 9.745.040-417.558.643-1, ya individualizado, en relación con el presunto delito de ingreso de teléfono celular a recinto penitenciario, que habría ocurrido el día 5 de enero del año 2023, en la comuna y ciudad de Valparaíso. II.- Se exime al pago de las costas de la causa al ministerio público, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 347 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2300021263-6 RIT N° 161 - 2023 Dictada por don Camilo Obrador Castro, Juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: EDXDXENJXLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EDXDXENJXLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-06T08:54:29-0300

Texto Completo (Preview)

Imputado: PEDRO LUIS VERA CANALES, cédula nacional de identidad N° 9.745.040-4, nacido el 20 de junio de 1964, con 58 años de edad, soldador, casado, domiciliado en Pasaje Monteverde N°1595, Renca, Región Metropolitana, con forma especial de notificación al correo electrónico pedroveracanales86@gmail.com. Valparaíso, tres de marzo del año dos mil veintitrés. Hecho: “El día 5 de enero del año 202

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