13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CÉSAR ERNESTO ALMONACID GARCÍA DE LA HUERTA

Rol

O-1139-2022

Fecha

1 de marzo de 2023

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos El día 26 de marzo de 2022 a las 04:30 horas aproximadamente, el imputado CESAR ERNESTO ALMONACID GARCIA DE LA HUERTA premunido de un arma de fuego hechiza no apta para el disparo con un cartucho calibre 12 en su recamara y 08 cartuchos calibre 12 en el bolso que portaba, llego al domicilio ubicado en pasaje 457 Nº 1811, de la comuna de Peñalolén, hogar de Estrella Ayleen Guajardo Saravia donde reside Jazmin Lopez Ortiz, ex conviviente del imputado. Lugar donde el imputado portaba una mochila en donde guardaba las municiones. Delito y grado de desarrollo Tenencia ilegal de municiones, ilícito previsto y sancionado en el artículo 9 inciso segundo en relación al artículo 2 letra c) de la Ley N° 17.798, en grado de desarrollo consumado Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes 11 Nº 9 Código Penal Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don CÉSAR ERNESTO ALMONACID GARCÍA DE LA HUE, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la pena del COMISO de la especie incautada, como autor del delito consumado de Tenencia Ilegal de Municiones, hecho ocurrido el día 26 de marzo de 2022, en la comuna de Peñalolén sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos legales, se le concede la pena sustitutiva de la Remisión Condicional De La Pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el tiempo de la condena, a saber quinientos cuarenta y un días y deberá Código: RLBNXETSXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don CÉSAR ERNESTO ALMONACID GARCÍA DE LA HUE, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la pena del COMISO de la especie incautada, como autor del delito consumado de Tenencia Ilegal de Municiones, hecho ocurrido el día 26 de marzo de 2022, en la comuna de Peñalolén sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos legales, se le concede la pena sustitutiva de la Remisión Condicional De La Pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el tiempo de la condena, a saber quinientos cuarenta y un días y deberá Código: RLBNXETSXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Santiago Oriente, ubicado en Av. Américo Vespucio N° 645, de la comuna de Ñuñoa, en la semana del 03 al 07 de abril del año 2023, bajo apercibimiento de revocársele si no se presenta en la fecha señalada, o si no cumple injustificadamente con sus presentaciones periódicas en Gendarmería de Chile, o si cometiese un nuevo delito, en tales eventos, se va a dejar sin efe

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2200288465-1 RIT : 1139 - 2022 IMPUTADO : CÉSAR ERNESTO ALMONACID GARCÍA DE LA HUERTA Cédula de Identidad : 0018544360-4 Nacionalidad : CHILENA Fecha de nacimiento : 09-05-1993 Domicilio : Calle PARAISO Nº 6707, PEÑALOLEN PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Fecha de sentencia : uno de marzo de dos mil veintitrés JUEZ : VERONICA PATRICIA HERRERA OCARES (tit

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica