Juzgado de Letras y Gar.de Puerto Cisnes

AQUAMARINE SPA/

Rol

V-29-2019

Fecha

30 de junio de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A fojas 1, CARLOS ROBERTO COTTIN ROJAS, chileno, soltero, abogado, cedula de identidad número 15.770.619-5, en representación, según se acreditará de AQUAMARINE SPA, sociedad chilena, del giro de su denominación, RUT 76.096.025-K, ambos con domicilio en Av. Apoquindo 4.775, oficina 1002, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, presentó con fecha 16 de agosto de 2019, pedimento minero, solicitando una concesión de exploración, que denominó “CISNES 2”. El Punto Medio de la cara superior de la concesión que se solicita está ubicada en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 5.052.000,00 metros, Este: 712.650,00 metros, referidos al Elipsoide Internacional, Datum Chua 1969, zona 18; El pedimento solicitado tendrá la forma de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros, encerrando una superficie total de 300 hectáreas. Dicho pedimento fue inscrito con fecha 02 de septiembre de 2019, a fojas 166 número 127, del Registro de Descubrimientos de Minas del año 2019, del Conservador de Minas de Puerto Cisnes y la copia de esta inscripción fue publicada íntegramente en el Boletín Oficial de Minería de Santiago, con fecha 09 de septiembre de 2019, según consta del ejemplar Nº42.450, acompañado a estos autos. Se pagó la patente proporcional y la tasa de pedimento en tiempo y forma, según consta en los respectivos formularios de la Tesorería General de la República respectivamente. Que, con fecha 25 de mayo de 2020 y dentro de plazo legal, se solicitó en autos se dictase la sentencia constitutiva de la concesión minera de exploración pedida señalando que las coordenadas U.T.M. del Punto Medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de explor

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º.- Que, el peticionario cumplió con todos los trámites establecidos por la Ley, en tiempo y forma. 2º.- Que, no existen faltas o ilegalidades sobre las que este Tribunal deba pronunciarse. 3º.- Que, no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidad lo anulen y; con lo relacionado anteriormente y lo dispuesto, además en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; artículos 1º, 2º, 42 y 43 de su Reglamento y Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, 160 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

SE RESUELVE: I.- Declárase constituida la concesión de exploración denominada “CISNES 2”, de una superficie de 300 hectáreas y que cuyas coordenadas U.T.M. del Punto Medio y de los vértices de la cara superior de la concesión, referidas al Elipsoide Internacional, Datum CHUA 1969, Zona o Huso 18, son las siguientes: Punto Medio: Norte: 5.052.000,00 metros. Este: 712.650,00 metros. Vértice 1: Norte: 5.052.500,00. Este: 711.150,00 metros. Vértice 2: Norte: 5.052.500,00. Este: 714.150,00 metros. Vértice 3: Norte: 5.051.500,00. Este: 714.150,00 metros. Vértice 4: Norte: 5.051.500,00. Este: 711.150,00 metros. II.- Otorgase la concesión constituida en el número anterior, a AQUAMARINE SPA, sociedad chilena, del giro de su denominación, RUT 76.096.025-K, ambos con domicilio en Av. Apoquindo 4.775, oficina 1002, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago III.- Apruébese el plano de la concesión constituida y otorgada, archívese una copia en el Oficio del Conservador de Minas que se indica a continuación en el número V. IV.- Publíquese en extracto esta sentencia en el Boletín Oficial de Minería, antes de proceder a la inscripción que se ordena en el numeral V siguiente. V.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Puerto Cisnes. VI.- Ejecutoriada esta sentencia, acompáñese por el interesado copia autorizada de ella y, asimismo, una copia del plano, en el Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, anótese, notifíqu

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FOJA: 14 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puerto Cisnes CAUSA ROL : V-29-2019 CARATULADO : AQUAMARINE SPA/ Puerto Cisnes, treinta de junio de dos mil veinte. VISTOS: A fojas 1, CARLOS ROBERTO COTTIN ROJAS, chileno, soltero, abogado, cedula de identidad número 15.770.619-5, en representación, según se acreditará de AQUAMARINE SPA, sociedad chilena, del giro d

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