7º Juzgado de Garantía de Santiago

JAVIERA PAMELA PRIETO AHUMADA C/ JONATHAN ANDRÉS MEZA CONTRERAS

Rol

O-903-2021

Fecha

1 de marzo de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 21 de enero de 2021, a las 15:00 horas, al interior de un vagón del metro que transitaba por estación Universidad de Chile, ubicada en avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 920, comuna de Santiago, el requerido JONATHAN ANDRES MEZA CONTRERAS sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña el celular marca Huawei, modelo p30 lite, de propiedad de la víctima Elizabeth Daniela Parra Silva al momento de bajarse del vagón, quien al ser sorprendido por la víctima lanzó el celular al piso, huyendo del lugar, siendo detenido por personal de seguridad de metro. La especie fue avaluada por la víctima en la suma de $250.000. SE DECLARA: I.- Que se condena a JONATHAN ANDRES MEZA CONTRERAS, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, multa de 1/3 de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y accesorias de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena por el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Art. 446 N°2 del Código Penal por su responsabilidad como AUTOR en grado de ejecución FRUSTRADO por el hecho ocurrido el día 21 de enero de 2021 en la comuna de Santiago. II.- Que la pena pecuniaria se tiene por cumplida atendida la situación Código: BVXTXEPPQXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl económica del imputado, al encontrarse actualmente privado de libertad en prisión preventiva por causa diversa. III.- Que en cuanto a la pena corporal deberá ser de cumplimiento efectivo, contando con 3 días de abonos correspondientes a los controles de detención de los días 22/01/2021, 02/09/2022 y 11/12/2022, po lo que el saldo a cumplir es de 58 días. SE PONDRÁ EN CONOCIMIENTO DEL 8° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO respecto de la presente condena, a fin de que sean suspendidas las medidas cautelares por causa diversa de dicho tribunal y luego pueda ser retomada, una vez cumplida la presente condena, sin solución de continuidad.

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a JONATHAN ANDRES MEZA CONTRERAS, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, multa de 1/3 de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y accesorias de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena por el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Art. 446 N°2 del Código Penal por su responsabilidad como AUTOR en grado de ejecución FRUSTRADO por el hecho ocurrido el día 21 de enero de 2021 en la comuna de Santiago. II.- Que la pena pecuniaria se tiene por cumplida atendida la situación Código: BVXTXEPPQXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl económica del imputado, al encontrarse actualmente privado de libertad en prisión preventiva por causa diversa. III.- Que en cuanto a la pena corporal deberá ser de cumplimiento efectivo, contando con 3 días de abonos correspondientes a los controles de detención de los días 22/01/2021, 02/09/2022 y 11/12/2022, po lo que el saldo a cumplir es de 58 días. SE PONDRÁ EN CONOCIMIENTO DEL 8° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO respecto de la presente condena, a fin de que sean suspendidas las medidas cautelares por causa diversa de dicho tribunal y luego pueda ser retomada, una vez cumplida la presente condena, sin solución de continuidad. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO Simplificado FECHA: Santiago, uno de marzo de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER RUC: 2100068087-4 RIT: 903-2021 IMPUTADO: JONATHAN ANDRES MEZA CONTRERAS C.I. 18192628-7 DELITO HURTO SIMPLE ARTICULO Art. 446 N°2 del Código Penal. PARTICIPACION Autor G. DE DESARROLLO Frustrado ATENUANTES 11 n° 9 del Códig

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