C/ PABLO ANTONIO VIDAL ÁGUILA
Rol
O-4301-2022
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., MALTRATO DE OBRA PERSONAL INVESTIGACIONES CON O SIN LESIONES
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 12 de julio de 2022, en horas de la madrugada, mientras la víctima ATILIO DEL TRANSITO CASTILLO OSORIO, se encontraba en compañía de su hijo Manuel Castillo Plaza en su domicilio situado calle VOLVAN LASCAR 0384, comuna de Quilicura, se apersonó al mismo el imputado PABLO ANTONIO VIDAL ÁGUILA quien le solicitó la suma de $2.000.000, indicándole la víctima que ya no tenía más dinero. Lo que provocó la ira del imputado quien le señaló de manera seria y verosímil “YA VIEJO CONCHETUMADRE, ENTREGAME LA PLATA A LAS 2 DE LA MAÑANA O VOY MATAR A TU HIJO O TU ESPOSA”; luego de lo cual hizo el ademán de mantener un arma de fuego, señalándole “A LA 2 VIEJO CULIAO ANDA A DEJAR LA PLATA O MATO A TU FAMILIA”; luego de lo cual se retiró del inmueble. Generando en la víctima el fundado temor de que sus dichos se concretasen. Posteriormente, el imputado nuevamente concurrió cerca de 30 minutos más tarde al mismo inmueble y desde las afueras del domicilio le señaló “QUE NO SE TE OLVIDE Código: LYNXXEXXSGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IR A DEJAR LA PLATA VIEJO CULIAO”, generando en la víctima el fundado temor de que sus dichos se concretasen. Situación que se repite desde hace 4 meses a la fecha en que el imputado le grita que le hará daño a su familia y a quien ya le ha hecho entrega de dinero. Siendo posteriormente detenido el imputado. Al momento de su detención, el imputado opuso resistencia golpeando al funcionario de la PDI que se encontraba en el ejercicio de sus funciones don EDUARDO SILVA COFRÉ, ocasionándole lesiones leves consistentes en lesión en mano y abdomen. Código: LYNXXEXXSGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a PABLO ANTONIO VIDAL ÁGUILA ya individualizado, como autor de un delito de amenazas del artículo 296 nº 3 del Código Penal y de Maltrato de obra a personal de la Policía de
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a PABLO ANTONIO VIDAL ÁGUILA ya individualizado, como autor de un delito de amenazas del artículo 296 nº 3 del Código Penal y de Maltrato de obra a personal de la Policía de investigaciones, ambos consumados, hecho ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 12 de julio de 2022, a la pena: POR LAS AMENAZAS; CIENTO SESENTA Y NUEVE DIAS DE PRESIDIO MENOR GRADO MINIMO MAS ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, ESTO ES, SUSPENSIÒN DE CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. POR EL MALTRATO DE OBRA A PERSONAL DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES; SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR GRADO MINIMO MÁS ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL ESTO ES SUSPENSIÓN DE CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. II.-En cuanto a la forma de cumplimiento, las penas impuestas se tienen por cumplidas por el tiempo privado de libertad por esta causa, desde el 12 de julio de 2022 a la fecha. III.- Sin costas por haber aceptado el procedimiento abreviado evitando costos de un juicio oral. IV. Se dejan sin efecto las medidas cautelares. V.- Sin costas. Habiendo renunciado las partes a los plazos, dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2200674013-1 RIT 4301-2022 SE DA ORDEN DE LIBERTAD Resolvió CAROLINA IVONNE REYES CANDIA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegrament
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR ZOOM. FECHA: veintiocho de febrero de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: 2200674013-1 RIT: 4301-2022 IMPUTADO PABLO ANTONIO VIDAL ÁGUILA C.I. 0015414449-8 FECHA DE NACIMIENTO 01/09/1982 DIRECCION Garibaldi 230 COMUNA: Lampa DELITO Amenazas y maltrato de obra
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