BANCO DE CHILE/CORTEZ
Rol
C-929-2019
Fecha
26 de junio de 2020
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece don Jaime Basualto Heufemann, abogado, mandatario judicial de SOCOFIN S.A. sociedad an nima del giro cobranzas a terceros, representadaó por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, Ingeniero Comercial, representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima del giro de su denominaci n,ó ó representada por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, Ingeniero Comercial, todos domiciliados en calle Colip N 570, oficina 326, comuna de Copiap yí ° ó deduce demanda de cobro de pesos en contra de don Andr s Cortez Romero, ignoraé profesi n u oficio, domiciliado en calle Pablo Neruda N 1462, Poblaci n Escritores,ó ° ó comuna de Copiap . Se ala que su parte otorg al demandado un mutuo en dinero poró ñ ó la suma de $ 15.034.960 que se oblig a pagar en 59 cuotas mensuales y sucesivas de $ó 359.080 cada una y una ltima cuota por $ 296.804 con vencimiento los d as 1 de cadaú í mes, venciendo la primera de ellas el 1 de abril de 2013 y la ltima el 1 de marzo deú 2018 con una tasa de inter s de 1,2% mensual. Se pact que en caso de pago noé ó oportuno de una o m s cuotas de la obligaci n, el inter s pactado se elevar al m ximoá ó é á á convencional, pudiendo el Banco hacer exigible el total de la obligaci n como si fuera deó plazo vencido. Agrega que el demandado ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al d a 1 de septiembre de 2014 y todas las posteriores, por lo que conformeí a lo convenido en el pagar se hizo exigible el total de la obligaci n como si fuera deé ó plazo vencido, por lo que el saldo insoluto asciende a la suma de $ 11.924.008 a dicha suma se deben agregar los intereses penales que se han devengado desde el incumplimiento y las costas de la causa. Sostiene que su parte otorg al demandado unó segundo mutuo en dinero por la suma de $ 5.493.833 que se oblig a pagar el d a 20 deó í marzo de 2015, obligaci n esta ltima que no cumpli . Se ala que el monto demandadoó ú ó ñ asciende a la suma de $ 17.417.841 m s l
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Jaime Basualto en representaci n de SOCOFIN deduceó demanda de cobro de pesos en contra de don Andr s Cortez Romero, sostiene queé Banco de Chile otorg al demandado un mutuo de dinero, por $ 15.034.960 que eló demandado se oblig a pagar en 59 cuotas, venciendo la primera de ellas el 1 de abriló de 2013 y la ultima el 1 de agosto de 2018, habiendo cesado en el pago de la cuota con vencimiento el 1 de septiembre de 2014. Se ala que otorg un segundo mutuo a donñ ó Andr s Cortez Romero por $ 5.493.833 que se oblig a pagar el 20 de marzo de 2015.é ó Solicita a coger la demanda y condenar al demandado al pago de $ 17.417.841 m sá intereses penales devengados y las costas de la causa. SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a delí demandado. TERCERO: Que se recibi la causa a prueba y se fijaron como hechosó sustanciales pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1) efectividad de haber otorgado el demandante un mutuo de dinero al demandado. Oportunidad y condiciones acordadas; 2) En la asertiva de lo anterior, efectividad de haber cumplido el demandado con las obligaciones emanadas del mutuo, oportunidad y circunstancias. CUARTO: Que la demandante acompa legalmente, prueba documentalñó consistente en: Copia de pagar N 4508780583293978 suscrito el 20 de marzo de 2015 por laé ° suma de $5. 493.833, en representaci n de Andr s Cortez Romero por Sociedadó é Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A. a trav s de su apoderado don Danielé é Ya ez Quezada. La firma se encuentra autorizada por el Notario P blico de Santiagoñ ú don Juan Carmona Z iga, con fecha 31 de marzo de 2015.úñ Foja: 1 Fotocopia de documento que comienza con la frase Hoja de firma del contrato“ unificado de productos de personas. Versi n 11 . Fechado en Copiap el 30 de enero deó ” ó 2013, aparece firma que consigna que corresponde a don Andres Cortez Romero, RUT 15.031.067-9. Copia de escritura p blica de 17 de enero de 2013, que contiene Acta Cent simoú é Septuag sima Primera sesi n ordinaria de Directorio Nexus S.A. en la cual se designan yé ó revocan mandatos. Copia de instrumento denominado Contrato Unificado de Productos de Personas Banco de Chile, protocolizado en la Notaria de don Rene Benavente Cash, bajo el N° 22818-2012. QUINTO: Que a petici n del actor se tuvieron a la vista los expedientes,ó seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Copiap :ó Rol 1032-2015, caratulado Banco de Chile con Cortez Romero, Andr s“ é Orlando , iniciado por demanda presentada el 11 de junio de 2015 por don Jos Pablo” é San Francisco Reyes, en representaci n de SOCOFIN S.A. y est en representaci n deó á ó Banco de Chile, en contra de don Andr s Orlando Cortez Romero. El expedienteé cuenta con custodia, correspondiente al pagar N 118150310679020092 suscrito el 15é ° de febrero de 2011 por do a Cristina Salamanca Venegas y do a Marcia Fuenzalidañ ñ Chapa, quienes dicen actuar en representaci n de Banco de Chile y as tambi n Hoja deó í é firma de
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Jaime Basualto Heufemann en representaci n de SOCOFIN S.A. y est en representaci n de Banco de Chile en contraó á ó de don Andr s Cortez Romero é s loó en cuanto se condena al demandado al pago de $ 5.493.833 suma que devengar el inter s m ximo convencional para operaciones noá é á reajustables desde el 20 de marzo de 2015 hasta la fecha del efectivo pago. En lo dem sá se rechaza la demanda. II.- Que no se condena en costas al demandado por no mediar expresa oposici n. ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Foja: 1 Dictada por do a Milena Andrea Aedo Zapata, Juez Titular, Autoriza do añ ñ Lisbeth Cartes L pez, Secretaria Titular. ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veintis is de Junio de dos mil veinte é Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-26T13:51:59-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Copiapº ó CAUSA ROL : C-929-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/CORTEZ Copiapó, veintis is de Junio de dos mil veinte.é VISTOS: A folio 1 comparece don Jaime Basualto Heufemann, abogado, mandatario judicial de SOCOFIN S.A. sociedad an nima del giro cobranzas a terceros, representadaó por su gerente general don Mario Sandoval Hid
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