C/ SANDRO EDUARDO ÁVALOS BARRERA
Rol
O-3721-2022
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 2 de julio de 2022, a las 14:45 horas aproximadamente, el imputado Sandro Eduardo Ávalos Barrera ingresó a la tienda Ripley ubicada en avenida vicuña Mackenna N° 7110 de la comuna de la florida, y una vez en su interior tomó entre sus manos diversas prendas de vestir, a las cuales desprendió las alarmas de seguridad de 1 prenda de vestir tipo pantalón jeans marca aziz, 1 parka marca aziz y 1 parka marca aziz, provocando orificios en cada una de las prendas, para posteriormente y tras percatarse de que estaba siendo observado por un guardia de seguridad, abandonar las mismas sobre un mesón. Con su actuar, el imputado causó daños en la propiedad ajena avaluados en $109.970 pesos”. Delito y grado de desarrollo Daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 en relación al artículo 484 del Código Penal. El Ilícito se encuentra en grado de desarrollo consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes No concurren. Agravantes No concurren. SE RESUELVE: I.- Que, se absuelve al requerido SANDRO EDUARDO ÁVALOS BARRERA, ya individualizado, del cargo formulado en su contra, esto es, el delito de Daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 en relación al artículo 484 del Código Penal, supuestamente acaecido el día 2 de julio de 2022, en la comuna de La Florida. II.- Será eximido el Ministerio Público de pagar las costas de la causa. III.- Si hubiesen medidas cautelares álcense a partir de este momento
Fundamentos
considerando el veredicto absolutorio. En su oportunidad cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. Código: EMQZXDXDESZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl " Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: EMQZXDXDESZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-01T10:57:31-0300
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que, se absuelve al requerido SANDRO EDUARDO ÁVALOS BARRERA, ya individualizado, del cargo formulado en su contra, esto es, el delito de Daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 en relación al artículo 484 del Código Penal, supuestamente acaecido el día 2 de julio de 2022, en la comuna de La Florida. II.- Será eximido el Ministerio Público de pagar las costas de la causa. III.- Si hubiesen medidas cautelares álcense a partir de este momento considerando el veredicto absolutorio. En su oportunidad cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. Código: EMQZXDXDESZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl " Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. Código: EMQZXDXDESZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-01T10:57:31-0300
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2200640222-8 RIT : 3721 – 2022 IMPUTADO : SANDRO EDUARDO ÁVALOS BARRERA Cédula de Identidad : 13933887-1 Fecha de nacimiento : 17-07-1974 Domicilio : Pasaje Francisco Encina Nº 1630, San Ramón. PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : veintiocho de febrero de dos mil veintitrés JUEZ : SEBASTIÁN ERNESTO ZÜLCH BARRIOS Hechos
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