JOSE HERIBERTO DIAZ CORTES C/ RODRIGO ESTEBAN FARFÁN PÉREZ
Rol
O-47-2022
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Fallo
SE DECLARA: I. Que, se CONDENA a RODRIGO ESTEBAN FARFÁN PÉREZ, cédula de identidad N°17. 01.310-1, ya individualizado, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia de conducir, causando daño, contenido en el artículo 196 de la ley del tránsito 18.290, en relación con el artículo 110 inciso 2° y artículo 209 inciso 2º del mismo cuerpo legal, ejecutado en esta jurisdicción en grado de desarrollo consumado el día 10 de octubre de 2021, a sufrir la pena de CIEN ( ) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa de UNA ( ) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. Que, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto el sentenciado al control administrativo del Centro de Reinserción Social respectivo por el lapso de año, debiendo cumplir, además, durante dicho período, con las condiciones establecidas en el art. 5 de la Ley 18.216. El condenado deberá presentarse a dicho Centro dentro del plazo de cinco días, contados desde que esta sentencia estuviere firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de revocarse la pena sustitutiva. En caso de cumplimiento efectivo de la pena impuesta, deberá considerarse como abono el tiempo que el sentenciado registra de privación de libertad con motivo de la presente causa, es decir, el día 2 de enero de 2023. III. Que, la multa impu
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Combarbalá, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N°6, N°7 y N°9, 15 N°1, 30, 9, 67 y 70 del Código Penal; artículos 30, 36, 5, 3 8, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y, 1, 3 y siguientes de la Ley 18.216; 110, 196 y 209 de la Ley N°18.290; SE DECLARA: I. Que, se CONDENA a RODRIGO ESTEBAN FARFÁN PÉREZ, cédula de id
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