FERREIRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-28447-2019
Fecha
25 de junio de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los art culos 1567, 2514, 2515í y 2518 del C digo Civil; 160, 170, 254 y 314 del C digo de Procedimiento Civil; 48ó ó del D.L. 3.063; 53 del C digo Tributario y dem s pertinentes, se declara que:ó á I.- Se acoge la demanda de lo principal de 14 de septiembre de 2019, rectificada el 26 de febrero del presente, en la forma establecida en el
Fundamentos
considerando d cimo de este fallo; é II.- Se acoge la demanda reconvencional deducida en el segundo otros de laí presentaci n de 10 de junio de 2020, en la forma establecida en el motivo d cimoó é tercero. III.- Cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-28.447-2019 ° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. C-28447-2019 Foja: 1 Autoriza do añ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, veinticinco de Junio de dos mil veinte.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-25T10:26:02-0400
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1567, 2514, 2515í y 2518 del C digo Civil; 160, 170, 254 y 314 del C digo de Procedimiento Civil; 48ó ó del D.L. 3.063; 53 del C digo Tributario y dem s pertinentes, se declara que:ó á I.- Se acoge la demanda de lo principal de 14 de septiembre de 2019, rectificada el 26 de febrero del presente, en la forma establecida en el considerando d cimo de este fallo; é II.- Se acoge la demanda reconvencional deducida en el segundo otros de laí presentaci n de 10 de junio de 2020, en la forma establecida en el motivo d cimoó é tercero. III.- Cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-28.447-2019 ° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. C-28447-2019 Foja: 1 Autoriza do añ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, veinticinco de Junio de dos mil veinte.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte
Texto Completo (Preview)
C-28447-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-28447-2019 CARATULADO : FERREIRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, veinticinco de junio de dos mil veinte. VISTOS. Con fecha 14 de septiembre de 2019, rectificada el 26 de febrero del presente, comparece don Sergio Eduardo Campos Ferreira, no indica profesi n ni oficio,ó con do
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica