MUNICIPALIDAD DE CONCON/EMBONOR S.A.
Rol
C-4591-2019
Fecha
25 de junio de 2020
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que con fecha 17 de septiembre del 2019, folio 1, comparece Patricio Anders Torres, abogado, en representaci n de la ó Ilustre Municipalidad de Conc nó ambos domiciliados en calle Santa Laura 567, Conc n, e interpone demandaó ejecutiva en contra de Embonor S.A., representada legalmente por Edgardo Riedemann Salazar, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliados en Caminoó Internacional Nº 13255, Conc n, solicitando que se ordene despachar mandamientoó de ejecuci n y embargo en contra del ejecutado, por la suma de $111.651.418.-ó m s los reajustes e intereses respectivos; y, que se siga adelante con la ejecuci ná ó hasta hacerse entero pago de la suma adeudada, con costas. Que con fecha 15 de octubre del 2019, se notific y requiri de pagoó ó personalmente al representante legal de la sociedad demandada. Que con fecha 24 de octubre del 2019, folio 9 la parte ejecutada opone la excepci n 17ª del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil respecto de laó í ó deuda cuyo cobro se persigue en estos autos. Que con fecha 30 de octubre del 2019, folio 12, la parte ejecutante contesta la excepci n solicitando su rechazo. ó Que con fecha 5 de noviembre del 2019, folio 13, resoluci n modificadaó con fecha 15 de enero del 2020, folio 22, se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 9 de junio del 2020, folio 62, se citan a las partes a o rí sentencia.
Fundamentos
Considerando: Primero: De la demanda ejecutiva. Que con fecha 17 de septiembre del 2019, folio 1, comparece Patricio Anders Torres, abogado, en representaci n de laó Ilustre Municipalidad de Conc n ambos domiciliados en calle Santa Laura 567,ó Conc n, e interpone demanda ejecutiva en contra de Embonor S.A., representadaó legalmente por Edgardo Riedemann Salazar, ignora profesi n u oficio, ambosó domiciliados en Camino Internacional Nº 13255, Conc n, en los siguientesó t rminos:é Se ala que la parte ejecutada adeuda a su representada por concepto deñ patente comercial, Rol Nº292223, desde el 2º semestre del a o 2012 al 2ºñ semestre del a o 2019 la suma de $111.651.418.-, valores calculados al mes deñ septiembre de 2019. Que conforme a lo dispuesto en el art culo 434 Nº 7 delí C digo de Procedimiento Civil, en relaci n con el inciso primero del art culo 47 deló ó í Decreto Ley N°3.063/79, sobre Rentas Municipales, afirma que la obligaci n queó se demanda ejecutivamente consta en un t tulo al que la ley otorga m ritoí é ejecutivo, en virtud del certificado que acredita la deuda singularizada, antes transcrito, emitido por la Sra. Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de Conc n, do a Mar a Liliana Espinoza, Nº 702/2019, de fecha de 16 deó ñ í septiembre de 2019. Agrega que el art culo 47 del Decreto Ley 3.063/79, sobre Rentasí Municipales en su inciso primero, dispone que: “Para efectos del cobro judicial de las patentes, derechos y tasas municipales, tendr m rito ejecutivo el certificado queá é acredite la deuda emitido por el secretario municipal. La acci n se deducir ante eló á tribunal ordinario competente y se someter a las normas del juicio ejecutivoá establecidas en el C digo de Procedimiento Civil.” Y que la obligaci n es l quida,ó ó í actualmente exigible, y la acci n ejecutiva no est prescrita.ó á Por lo tanto de conformidad a lo expuesto, y disposiciones legales citadas, solicita que se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en contraó del ejecutado, por la suma de $111.651.418.- m s los reajustes e interesesá respectivos; y, que se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero pago deó la suma adeudada, con costas. Segundo: De la oposici n de excepci n. ó ó Que con fecha 24 de octubre del 2019, folio 9 la parte ejecutada opone la excepci n 17ª del art culo 464 deló í C digo de Procedimiento Civil por los siguientes argumentos:ó Indica que Embonor S.A. es una sociedad del giro distribuci n y log stica,ó í cuyo domicilio comercial se encuentra en la comuna de Conc n. Que con fecha 15ó de octubre de 2019, se notific a su representada la demanda de autos, medianteó la cual, la I. Municipalidad de Conc n pretende cobrar un monto de $60.358.876,ó m s reajustes e intereses por concepto patente municipal de la sociedad,á correspondiente los per odos de patente desde el primer semestre del a o 2012í ñ hasta el primer semestre del a o 2019, por un total de $111.651.418. Que alñ efecto, la demandante acompa un certificado
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 9 de junio del 2020, folio 62, se citan a las partes a o rí sentencia. Considerando: Primero: De la demanda ejecutiva. Que con fecha 17 de septiembre del 2019, folio 1, comparece Patricio Anders Torres, abogado, en representaci n de laó Ilustre Municipalidad de Conc n ambos domiciliados en calle Santa Laura 567,ó Conc n, e interpone demanda ejecutiva en contra de Embonor S.A., representadaó legalmente por Edgardo Riedemann Salazar, ignora profesi n u oficio, ambosó domiciliados en Camino Internacional Nº 13255, Conc n, en los siguientesó t rminos:é Se ala que la parte ejecutada adeuda a su representada por concepto deñ patente comercial, Rol Nº292223, desde el 2º semestre del a o 2012 al 2ºñ semestre del a o 2019 la suma de $111.651.418.-, valores calculados al mes deñ septiembre de 2019. Que conforme a lo dispuesto en el art culo 434 Nº 7 delí C digo de Procedimiento Civil, en relaci n con el inciso primero del art culo 47 deló ó í Decreto Ley N°3.063/79, sobre Rentas Municipales, afirma que la obligaci n queó se demanda ejecutivamente consta en un t tulo al que la ley otorga m ritoí é ejecutivo, en virtud del certificado que acredita la deuda singularizada, antes transcrito, emitido por la Sra. Secretaria Municipal de la I. Municipalidad de Conc n, do a Mar a Liliana Espinoza, Nº 702/2019, de fecha de 16 deó ñ í septiembre de 2019. Agrega que el art culo 47 del Decreto Ley 3.063/
Texto Completo (Preview)
FOJA: 63 .- Sesenta y tres .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-4591-2019 CARATULADO : MUNICIPALIDAD DE CONCON/EMBONOR S.A. Vi a del Marñ , veinticinco de Junio de dos mil veinte Visto: Que con fecha 17 de septiembre del 2019, folio 1, comparece Patricio Anders Torres, abogado, en representaci n de la ó Ilustre Municipalidad de Conc nó ambos
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