Juzgado de Letras y Garantía de Caldera.

MP C/ ERICK ALBERTO ARCINIEGAS GARCIA

Rol

O-218-2022

Fecha

27 de febrero de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 4 de marzo de 2022, cerca de las 20:30 horas, el imputado ERICK ALBERTO ARCINIEGAS GARCÍA condujo el vehículo placa patente YU-8046 a través de la ruta 5 norte, en la comuna de Caldera de norte a sur en estado de ebriedad, con una concentración de alcohol en su cuerpo equivalente a 2,37 gramos por cada mil de sangre. Era acompañado por Andreina Gomes Gomes, Adolfo Leonardo Pacheco García, Adreline Victoria Pacheco Gómez, Andrea Pacheco Gómez, Cristofer Pacheco Gómez y Giorgina Victoria Pacheco Gómez. Al llegar a la altura del kilómetro 887 el imputado ARCINIEGAS GARCÍA sobrepasó a un camión vulnerando la línea continua que se lo impedía. Por tal maniobra imprudente, enfrentó en la pista contraria al vehículo placa patente RKLJ-26 cuya conductora, para evitar una colisión, salió hacia la berma. A continuación enfrentó al vehículo JVKX-73, cuya conductora no logró evitar tal colisión causada por el imputado, provocando lesiones leves a los ocupantes de ambos vehículos. Luego, colisionó la camioneta placa patente única PPXH-44, conducida por Eduardo Muñoz Peñaloza. A causa del accidente provocado por el imputado, resultaron lesionados en el vehículo YU-8046 los pasajeros Andreina Gómez Gómez, Adolfo Leonardo Pacheco García, Adreline Victoria Pacheco Gómez y Andrea Pacheco Gómez. En el vehículo JVKX-73 resultaron lesionados Angela Fernanda Oñate Pérez, Raquel del Carmen Pérez Hernández, Nancy del Carmen Soto Pérez y Magaly Pérez Hernández.” SE DECLARA: I. Que se condena a don ERICK ALBERTO ARCINIEGAS GARCIA, R.U.N. - , ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la PENA ACCESORIA DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 3 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA DE UN TERCIO /3 DE UNIDAD TRIBUTARIA Código: EXXMXEQYEFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE LICENCIA D

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a don ERICK ALBERTO ARCINIEGAS GARCIA, R.U.N. - , ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la PENA ACCESORIA DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 3 DEL CÓDIGO PENAL, esto es la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA DE UN TERCIO /3 DE UNIDAD TRIBUTARIA Código: EXXMXEQYEFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, por su responsabilidad como AUTOR del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones y daños, ilícito previsto y sancionado en el artículo inciso primero de la Ley N° 8. 9 , el que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO y fue perpetrado en esta comuna de Caldera el día 4 de marzo de . II. Que se tendrá por cumplida la pena de multa impuesta, en razón del tiempo que estuvo privado de libertad con motivo de su detención. III. Que se sustituye la pena corporal por la de REMISIÓN CONDICIONAL POR EL PLAZO DE AÑO, quedando el sentenciado durante dicho término sujeto al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 5° de la Ley 8. 6. El imputado deberá presentarse para dar inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva, en el CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE COPIAPÓ, el día lunes 3 de marzo de 3, en horas de la mañana, bajo apercibimiento de despachar una orden de detención en su

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA Caldera, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. TRIBUNAL Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADA MACARENA KARINA MUÑOZ TORO RUC 6 5-5 RIT 8 - IMPUTADO ERICK ALBERTO ARCINIEGAS GARCIA R.U.N. 5.5 .7 - FECHA DE NACIMIENTO - - 979 DIRECCIÓN Calle Chacabuco N° , población Torreblanca. COMUNA Vallenar. DELITO -Conducción de

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