SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/P Y PPRODUCCIONES LIMITADA
Rol
C-40105-2018
Fecha
24 de junio de 2020
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece en autos rol C-40105-2018, don Patricio Villegas Castro, Abogado, domiciliado en Bernarda Mor n N 435, Providencia, Santiago, ení ° representaci n de ó la Sociedad Chilena de Autores e Int rpretes Musicalesé , SCD, entidad de Gesti n Colectiva de, entidad de gesti n colectiva de Derechos Intelectuales,ó ó representada por su Director General don Juan Antonio Dur n Gonz lez, ingeniero civil,á á ambos domiciliados en calle Condell N 346, Providencia, quien viene en deducirº demanda en juicio sumario por infracci n a la ley de Propiedad Intelectual y deó indemnizaci n de perjuicios en contra de ó P & P Producciones Limitada, cuyo giro es, entre otros, la producci n de recitales, representada legalmente por don ó Dolmer Indolfo P rez P rezé é , comerciante, domiciliados en Avenida Cerro El Plomo N 5931, Localº 1207, Las Condes, a objeto de que se le condene a las peticiones que indica. Se llev a efecto el comparendo de estilo con la sola asistencia del apoderado deó la actora. Se tuvo la demanda por contestada en rebeld a de la demandada y se llam aí ó las partes a conciliaci n sin resultados.ó Se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que consta en autos.ó é Encontr ndose los autos en estado, se cit a las partes para o r sentencia.á ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Patricio Villegas Castro, en representaci n deó la Sociedad Chilena Del Derecho De Autor, SCD, quien viene en deducir demanda en juicio sumario por infracci n a la ley de Propiedad Intelectual y de indemnizaci n deó ó perjuicios en contra de P & P Producciones Limitada, a objeto, de que se le condene: a) A pagar la tarifa mensual pactada en el Contrato de Autorizaci n deó Comunicaci n o Ejecuci n Publica de Obras Musicales y Fonogramas en Recitales,ó ó Festivales, Conciertos, Espect culos de Variedades u Otros tipos de Audiciones Similares,á con Cobros de Entradas D (1) N 144, correspondiente al 8% de los ingresos brutos, m sº á un 50% por derechos conexos, con la sola deducci n del IVA, por la comunicaci nó ó p blica de obras, respecto de cada uno de los eventos musicales impagos; ú b) A t tulo de indemnizaci n de perjuicios, el m ximo de inter s corrienteí ó á é bancario para operaciones no reajustables, contado desde el d a sesenta y uno al d a delí í t rmino del evento hasta su pago en efectivo; é c) A pagar una multa por el evento impago de 50 Unidades Tributarias Mensuales, prevista en el art culo 78 de la Ley N 17.336, o la que el Tribunalí º determine; d) A confeccionar y entregar las planillas de ejecuci n, del evento cuyos derechosó impagos se demandan. e) En subsidio, lo que se determine conforme a derecho; f) Al pago de las costas de la causa. C-40105-2018 Expresa que la demandada conforme a lo dispuesto en los arts. 21, 67 y 100 de la Ley N 17.336, obtuvo con fecha 23 de octubre de 2015, de la Sociedad Chilena deº Autores e Int rpretes Musicales, SCD, la autorizaci n no exclusiva para comunicar yé ó ejecutar p blicamente obras musicales y fonogramas de su repertorio, durante laú realizaci n del evento denominado Grupo Niche , realizado el 24 de octubre de 2015,ó “ ” en el Centro de Evento Tr bol, ubicado en Sierra Nevada N 10057, Antofagasta, aé º trav s del Contrato de Autorizaci n de Comunicaci n o Ejecuci n Publica de Obrasé ó ó ó Musicales y Fonogramas en Recitales, Festivales, Conciertos, Espect culos de Variedadesá u Otros tipo de Audiciones Similares, con Cobro de Entradas D (1) N 144, en el cual laº demandada se oblig , entre otras prestaciones, a pagar la tarifa del 8% poró comunicaci n p blica de obras y el 4% por comunicaci n p blica de fonogramas, de losó ú ó ú ingresos brutos del evento, con la sola deducci n del IVA, en caso que se utilicen,ó conforme a lo dispuesto en el Contrato, en la cl usula tercera, letra b). á Se ala que la demandada no ha pagado la tarifa pactada y adeuda los derechosñ de comunicaci n p blica de obras, por el evento, antes individualizado Grupo Niche , yó ú “ ” no ha dado cumplimiento a las dem s obligaciones contenidas en el Contrato deá Autorizaci n de Comunicaci n o Ejecuci n P blica D (1) N 144.ó ó ó ú º Indica que deber cancelar a t tulo de avaluaci n anticipada de los perjuicios, elá í ó inter s corriente bancario para operaciones no reajustables
Fallo
por tanto, resuelto el contratoé celebrado entre las partes de este juicio. DÉCIMO: Que, en cuanto a los intereses requeridos, atendido el carácter declarativo del presente fallo, éstos serán los corrientes para operaciones de crédito de dinero reajustables, devengados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada y hasta que se produzca el pago efectivo. UNDÉCIMO: Que, en cuanto a la multa de 50 UTM requerida en petitorio del libelo pretensor, prevista en el artículo 78 de la Ley N ° 17.336, que prescribe “Las infracciones a esta ley y su reglamento no contempladas expresamente en los artículos 79 y siguientes, serán sancionadas con multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales”, estima esta sentenciadora que es improcedente, habida consideración de que lo constatado en estos autos es una hipótesis de incumplimiento contractual por una de las partes del mismo, situación distinta a la hipótesis prevista en la norma en referencia, que alude a “infracciones a esta ley”. Es decir, en este caso el incumplimiento imputado es al contrato suscrito entre las partes, lo cual no configura una infracción a la Ley de Propiedad Intelectual, motivo por el cual se rechazar á la aplicación de multa alguna por este concepto. C-40105-2018 POR TANTO, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1437, 1438, 1545, 1546, 1551, 1552, y 1698, del Código Civil; artículos 144, 160, 170, 254, 255 y 346 del Código de Procedimiento Civil; y, Ley 17.336, se acoge la demanda, SOLO EN CUANTO, se de
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C-40105-2018 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-40105-2018 CARATULADO : SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INT RPRETES MUSICALES/P Y PPRODUCCIONES LIMITADAÉ Santiago, veinticuatro de Junio de dos mil veinte jjl VISTOS: Comparece en autos rol C-40105-2018, don Patricio Villegas Castro, Abogado, domiciliado en Bernarda Mor n N 435, Providencia, Santiago,
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