10º Juzgado Civil de Santiago

MANZUR/DURÁN

Rol

C-30483-2018

Fecha

24 de junio de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

antecedentes de hecho y de derecho que ya fueran reseñados en la parte expositiva de esta sentencia, los cuales se tienen por expresamente reproducidos para todos los efectos legales. Segundo: Que, la demanda se tuvo por contestada en rebeldía de la parte demandada, por lo que se entienden controvertidos todos las alegaciones y pretensiones realizadas por la demandante. Tercero: Que, recibida la causa a prueba, la demandante acompañó los siguientes documentos: 1) En folio 1 y 35, Copia simple de Estado de Deuda de Derechos de Aseo Domiciliario, emitido por la Ilustre Municipalidad de Independencia, con fecha 29 de agosto de 2018, respecto de la propiedad ubicada en Avenida Independencia N°340, casa 10, de la misma comuna. 2) En folio 1, Copia simple de Posesión efectiva intestada, correspondiente a la inscripción de fojas 57792, número 87429, correspondiente al Registro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2011. Cuarto: Que, la actora ejerce su acción respecto de los derechos de aseo domiciliario recaídos sobre su propiedad, correspondientes al periodo C-30483-2018 Foja: 1 comprendido entre los meses de mayo de 2006 y noviembre de 2013, ambos inclusive. Quinto: Que, de conformidad al artículo 2492 del Código Civil, la prescripción es un modo de adquirir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Sexto: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de rentas Municipales, el cobro por servicio domiciliario de aseo no tiene la naturaleza de un impuesto sino que corresponde a la contraprestación por un servicio municipal prestado, por lo que la acción para su cobro prescribe en el plazo de 5 años, acorde lo establecido en el artículo 2515 del Código Civil. Séptimo: Que, con la documental referida en el numeral 2) del motivo tercero, la demandante ha logrado acreditar que es dueña de derechos sobr

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1, doña Lucía del Carmen Manzur Santos, deduce demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Independencia, solicitando se declare la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda que mantendría por concepto de derechos de aseo domiciliario, referentes al periodo comprendido entre los meses de mayo de 2006 y noviembre de 2013, ambos inclusive, y que afectarían al inmueble ubicado en Avenida Independencia N°340, casa 10, comuna de Independencia, con expresa condena en costas, en caso de oposición. Funda su demanda en los antecedentes de hecho y de derecho que ya fueran reseñados en la parte expositiva de esta sentencia, los cuales se tienen por expresamente reproducidos para todos los efectos legales. Segundo: Que, la demanda se tuvo por contestada en rebeldía de la parte demandada, por lo que se entienden controvertidos todos las alegaciones y pretensiones realizadas por la demandante. Tercero: Que, recibida la causa a prueba, la demandante acompañó los siguientes documentos: 1) En folio 1 y 35, Copia simple de Estado de Deuda de Derechos de Aseo Domiciliario, emitido por la Ilustre Municipalidad de Independencia, con fecha 29 de agosto de 2018, respecto de la propiedad ubicada en Avenida Independencia N°340, casa 10, de la misma comuna. 2) En folio 1, Copia simple de Posesión efectiva intestada, correspondiente a la inscripción de fojas 57792, número 87429, correspondiente al Registro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2011. Cuarto: Que, la actora ejerce su acción respecto de los derechos de aseo domiciliario recaídos sobre su propiedad, correspondientes al periodo C-30483-2018 Foja: 1 comprendido entre los meses de mayo de 2006 y noviembre de 2013, ambos inclusive. Quinto: Que, de conformidad al artículo 2492 del Código Civil, la prescripción es un modo de adquirir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Sexto: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de rentas Municipales, el cobro por servicio domiciliario de aseo no tiene la naturaleza de un impuesto sino que corresponde a la contraprestación por un servicio municipal prestado, por lo que la acción para su cobro prescribe en el plazo de 5 años, acorde lo establecido en el artículo 2515 del Código Civil. Séptimo: Que, con la documental referida en el numeral 2) del motivo tercero, la demandante ha logrado acreditar que es dueña de derechos sobre el inmueble gravado con los derechos de aseo cuya prescripción solicita. Asimismo, con el instrumento relacionado en el número 1) del mismo motivo, se tiene por establecido que dicha propiedad se encuentra afecta al pago de derechos de aseo desde el 31 de mayo de 2006, adeudándose éstos en su totalidad desde esa fecha y hasta el 30 de noviembre de 2018. Octa

Fallo

se declara: I. Que, se acoge la demanda interpuesta en folio 1, declarándose prescritas las acciones para el cobro de las cuotas de aseo domiciliario, con vencimiento en las fechas comprendidas entre el 31 de mayo de 2006 y el 30 de noviembre de 2013, ambas inclusive, correspondiente a la propiedad ubicada en Avenida Independencia N°340, casa 10, comuna de Independencia. II. Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese y notifíquese. Rol C-30483-2018 Dictada por doña Karina Portugal Cuevas, Juez Suplente del 10° Juzgado Civil de Santiago. C-30483-2018 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticuatro de Junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-06-24T18:20:41-0400

Texto Completo (Preview)

C-30483-2018 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-30483-2018 CARATULADO : MANZUR/DUR NÁ Santiago, veinticuatro de Junio de dos mil veinte VISTOS. A folio 1, comparece doña Lucía del Carmen Manzur Santos, jefa de hogar, domiciliada en calle Julio Morgues N°2066, comuna de Independencia; quien deduce demanda en juicio ordinario de prescripció

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica