MINISTERIO PUBLICO C/ RODRIGO ALEXIS TORRES ABARCA
Rol
O-38-2023
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de fecha 07 de octubre de 2022 y 25 de febrero de 2023 de forma administrativa. El tribunal lo tiene presente. Hecho N° 1: “El día 07 de octubre del año 2022, alrededor de las 20:00 horas aproximadamente el requerido Rodrigo Alexis Torres Abarca ve que su conviviente la victima Ester Uberlinda Vega Bosso se encontraba saliendo del domicilio ubicado en calle Bio Bio N° 1138 de la comuna de María Elena en donde al verla procede a agredirla lanzándole un pepino a la altura del vientre para luego la victima huir del lugar sin antes el imputado volver a amenazarla de manera seria y verosímil señalándole que saliera porque la Código: CZVXDMHSBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl iba a sacar a la fuerza e iba a golpear a sus familiares, causando temor en la persona de la víctima por ser el imputado una persona agresiva, luego de eso la víctima es alcanzada por parte del requerido quien vuelve a agredirla en esta ocasión tomándola del cuello para luego de ello proceder a golpearla reiteradas veces en la cara y mandíbula provocándole con ello lesiones consistentes en contusión leve con hematomas en mejilla y herida en labio todas de carácter leve según lo diagnosticado por el medico de turno.” Calificación jurídica: A juicio de la Fiscalía corresponde al delito lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal en relación al artículo 5 de la ley 20.066 y delito amenazas simples, previsto y sancionado articulo 296 N° 3 del Código Penal en relación al artículo 5 de la ley 20.066. Grado de desarrollo y participación: Consumado y autor ejecutor del articulo 15 N° 1 del Código Penal. Circunstancias modificatorias: No concurren. Antecedentes: 1.- Parte denuncia N° 372 de fecha 07 de octubre de 2022. 2.- Declaración voluntaria de víctima de fecha 07 de octubre de 2022. 3.- Folio N° 98472 del servicio de urgencia del Hospital Cruz del
Fallo
Se declara ajustada a derecho la detención. Requerimiento en procedimiento simplificado: Previo a dar lectura al requerimiento el Fiscal informa que se agruparon otros hechos de fecha 07 de octubre de 2022 y 25 de febrero de 2023 de forma administrativa. El tribunal lo tiene presente. Hecho N° 1: “El día 07 de octubre del año 2022, alrededor de las 20:00 horas aproximadamente el requerido Rodrigo Alexis Torres Abarca ve que su conviviente la victima Ester Uberlinda Vega Bosso se encontraba saliendo del domicilio ubicado en calle Bio Bio N° 1138 de la comuna de María Elena en donde al verla procede a agredirla lanzándole un pepino a la altura del vientre para luego la victima huir del lugar sin antes el imputado volver a amenazarla de manera seria y verosímil señalándole que saliera porque la Código: CZVXDMHSBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl iba a sacar a la fuerza e iba a golpear a sus familiares, causando temor en la persona de la víctima por ser el imputado una persona agresiva, luego de eso la víctima es alcanzada por parte del requerido quien vuelve a agredirla en esta ocasión tomándola del cuello para luego de ello proceder a golpearla reiteradas veces en la cara y mandíbula provocándole con ello lesiones consistentes en contusión leve con hematomas en mejilla y herida en labio todas de carácter leve según lo diagnosticado por el medico de turno.” Calificación jurídica: A juicio de la Fiscalía corre
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha María Elena., veintisiete de febrero de dos mil veintitrés Magistrado MARISOL ESTRELLA ELVIRA MELGAREJO ALTURA Fiscal PABLO ARAOS CERDA Defensor JUAN LUIS MONTENEGRO Hora inicio 12:16 hrs. Hora termino 12:49 hrs. Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de María Elena. Acta Luz Bacho Acuña RUC 2300215488-9 RIT 38 - 2023 •
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica