ALBEMARLE LIMITADA (ROCKWOOD LITHIUM)/
Rol
V-100-2020
Fecha
26 de junio de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de enero de 2020, siendo las 17:26 horas, se present don ó Cristian Carrillo Gajardo, chileno, abogado, divorciado, c dula deé identidad Nº 16.019.043-4, en representaci n, seg n se acredita, de ó ú Albemarle Limitada, sociedad chilena de giro minero no met lico, rol nico tributario Nºá ú 85.066.600-8, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea Nº 3.162, oficina 202, comuna de Las Condes, Santiago, quien solicita concesi nó minera de exploraci n en terrenos abiertos y sin cultivo, ubicados en la ó Regi n deó Antofagasta, Provincia de El Loa, comuna de San Pedro de Atacama, sector Sur del Salar de Atacama, ha encontrado un yacimiento de sustancias concesibles, que denominar á “LILA 21 B”. El Punto Medio de la cara superior de la concesi n que se solicita estó á ubicada en la intersecci n de las coordenadas U.T.M. ó Norte: 7.383.000,00 metros y Este: 566.500,00 metros, referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956; Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19 Sur. El rea solicitada que se propone explorar tendr la forma de uná á rect nguloá , cuyos lados orientados desorientaci n ó Norte-Sur miden 2.000 metros y cuyos lados de orientaci n ó Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros, encerrando una superficie de 200 hect reas.á Por lo antes expuesto y normas legales que invoca, solicita conceder la concesi n minera de exploraci n, denominada ó ó “LILA 21B”, sobre una superficie de 200 hect reas.á SEGUNDO: Que, el referido pedimento minero fue inscrito con fecha 28 de enero de 2020, a fojas 413 bajo el Nº 313 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama. TERCERO: Que con fecha 10 de febrero de 2020, el pedimento minero se public en el Diario oficial de la Rep blica de Chile, Bolet n Oficial de Miner a,ó ú í í c digo de verificaci n electr nico (CVE)ó ó ó N° 1722268. Foja: 1 CUARTO: Que, mediante ordinario N° 3165, de fecha 25 de mayo de 2020, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, emiti el correspondienteí í ó informe sin observaciones, se alando que los aspectos t cnicos relacionados con lañ é solicitud y plano de la referida concesi n se encuentra conforme con lasó disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientaci nó de la cara superficial de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, concluyendoó que sta queda comprendida dentro del terreno pedido.é QUINTO: Que, las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los v rtices del per metro de la cara superior de laé í concesi n de exploraci n en autos son:ó ó V RTICEÉ NORTE (Mts.) ESTE (Mts.) PM 7.383.000,00 566.500,00 V1 7.384.000,00 566.000,00 V2 7.384.000,00 567.000,00 V3 7.382.000,00 567.000,00 V4 7.382.000,00 566.000,00 SEXTO: Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la ley, sin que e
Fallo
se declara: I. Que, se aprueba el plano y se declara constituida la concesi n deó exploraci n minera, denominada ó “LILA 21B”, con una superficie total de 200 hect reasá , a favor de ALBEMARLE LIMITADA, ya individualizada. II. Publ quese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el art culoí í 90 del C digo de Miner a y art culo 43 de su Reglamento.ó í í III. Obt ngase copias a trav s del sistema inform tico, de la presenteé é á sentencia constitutiva y el original del plano, a fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 42 del Reglamento delí C digo de Miner a.ó í IV. Inscr base esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 d as queí í se ala el art culo 89 del C digo de Miner a, en el Registro deñ í ó í Foja: 1 Descubrimientos del Conservador de Minas de esta ciudad y rem taseí copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Reg strese, notif quese y, en su oportunidad arch vese.í í í Rol V-100-2020. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, veintiseis de junio de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e
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Foja: 1 FOJA: 13 .- trece.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-100-2020 CARATULADO : ALBEMARLE LIMITADA (ROCKWOOD LITHIUM)/ Calama, veintis is de junio de dos mil veinteé VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de enero de 2020, siendo las 17:26 horas, se present don ó Cristian Carrillo Gajardo, chileno, abogado, divorciado, c dula deé
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