2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ RONY PIERRE

Rol

O-1707-2021

Fecha

23 de febrero de 2023

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS LOS ANTECEDENTES Y,

Fundamentos

CONSIDERANDO 1°).- Que, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago la fiscalía presentó acusación en contra de RONY PIERRE, C.I. N° 0025589203-7, domiciliado en Anibal Zañartu 9381, San Ramon. 2°).- Los Hechos: El día 10 de Marzo de 2021, aproximadamente a las 8:45 horas, el imputado Rony Pierre mantuvo en su poder y condujo el vehículo inscrito bajo la PPU LGFB-40, transitando en él por los terrenos de la toma ilegal ubicada en las inmediaciones de la intersección de Apóstol Santiago con Los Diamantes, Renca. El vehículo PPU LGFB-40, inscrito a nombre de don Ivo Bacic Varas, había sido sustraído por desconocidos el día 8/3/21 entre las 9:00 y las 18:30 horas mediante un delito de robo en bienes nacionales de uso público cometido en Av. Las Condes a la altura del número 7757, Las Condes y el imputado lo mantuvo en su poder conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo, ya que no lo había recibido de su dueño o tenedor legítimo, y no mantenía documentación o antecedente alguno que justificara su tenencia o adquisición legítima, el vehículo no mantenía instalada su placa patente delantera y mantenía instalada en la parte trasera la placa patente con la nomenclatura “KFZD-63”, perteneciente a un vehículo diverso y mantenía forzada la chapa de la puerta del conductor. Que se ha calificado estos hechos como el delito de receptación de vehículo previsto sancionado en el artículo 456 bis a inciso tercero del código penal, correspondiendo al imputado la calidad de autor y, encontrándose en carácter de consumado. Se ha solicitado la imposición de la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa un tercio de tributaria mensual, más las accesorias legales. 3°).- Que se da por probado el hecho que se describirá en el motivo siguiente sobre la base de la aceptación que el acusado manifestó respecto a los antecedentes de la investigación que son los siguientes: Código: ETXTXDKZQYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl • Parte 107, de fecha 10/3/21, emitido por SEBV. • Declaración de carabinero aprehensor Oscar Cancino Villalba, de fecha 10/3/21. • Declaración de carabinero aprehensor Alexi Mardones Muñoz, de fecha 10/3/21. • Declaración de carabinero aprehensor Matías Urzúa Herrera, de fecha 10/3/21. • 6 fotografías de vehículo recuperado y del sitio del suceso. • Copia de encargo SEBV_202103_1459. • Copia de parte denuncia 00772, de fecha 8/3/21, emitido por la 17ª Comisaría de Las Condes (denuncia de delito base). • Declaración de testigo (víctima de delito base de receptación) Ivo Bacic Varas, de fecha 10/3/21. • Acta de incautación de vehículo. • Resolución exenta 196 de 2/3/21 y 201 de 3/3/21de Intendencia Metropolitana (orden para procedimiento de desalojo en el marco del cual se recupera vehículo). • Informe de revisión física y técnica de vehículo recuperado, de fecha 10/3/21. • Certificado de inscripción en el RVM de vehículo

Fallo

SE DECLARA: 1º) Que se condena a RONY PIERRE, C.I. N° 0025589203-7, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE 1/3 UTM, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas, en calidad de autor del delito de receptación de vehículo, consumado, perpetrado el día 10 de Marzo de 2021. La pena de multa se le da por cumplida con el abono 10 de Marzo de 2021. 2°) Que, reuniendo los requisitos del artículo cuarto de la ley 18.216, se le concede el beneficio la remisión condicional de la pena fijándose como periodo de observación de 541 días, para cuyo efecto era presentarse dentro de quinto día de ejecutar y el fallo ante el establecimiento correspondiente gendarmería, bajo apercibimiento Código: ETXTXDKZQYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl revocación. En caso de revocación le servirá de abono el tiempo de privación de libertad 8 de junio de 2022. Que se concede la aplicación del artículo 38 de la ley 18.216 con las excepciones legales. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2100229138-7 RIT 1707 – 2021 Pronunciada por don Rodrigo A. García León, Juez del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. Código: ETXTXDKZQYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verifica

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de febrero de dos mil veintitrés.- OÍDOS LOS INTERVINIENTES, VISTOS LOS ANTECEDENTES Y, CONSIDERANDO 1°).- Que, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago la fiscalía presentó acusación en contra de RONY PIERRE, C.I. N° 0025589203-7, domiciliado en Anibal Zañartu 9381, San Ramon. 2°).- Los Hechos: El día 10 de Marzo de 2021, aproximadamente a las 8:45 horas, el imputad

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