FERNANDO ANDRES CASTILLO ZABALETA C/ ARDY DARIO GACITUA HUIRIQUEO
Rol
O-1710-2022
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 22 de octubre de 2022 alrededor de las 23:25 horas el requerido Ardy Gacitúa Huiriqueo, condujo bajo la influencia del alcohol, y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo marca Mazda modelo 323, placa patente VZ- 5918, siendo sorprendido por personal de carabineros en la esquina de calles Walter de Ugarte Uriarte esquina Emilio Hauri de la comuna de Lautaro, donde constataron su estado en atención a su hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. La prueba respiratoria realizada al requerido arrojó un resultado de 0,64 gramos de alcohol por litro de sangre...” Los hechos descritos constituyen el delito CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 193 en relación a los artículos 110, 111 y 209 de la ley 18.290 de tránsito; en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole participación en calidad de AUTOR. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo y de participación atribuidos al requerido, y con la calificación jurídica de los hechos, respecto de los cuales no ha habido controversia. QUINTO: Que, el Ministerio Público,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa en contra de don ARDY DARIO GACITUA HUIRIQUEO, cédula de identidad n° 15.989.006-6, 36 años, soltero, maestro de la construcción, domiciliado en calle Viviana de San Martin N° 331, comuna de Lautaro SEGUNDO: Que, el fiscal fundó el requerimiento en los siguientes hechos: “El día 22 de octubre de 2022 alrededor de las 23:25 horas el requerido Ardy Gacitúa Huiriqueo, condujo bajo la influencia del alcohol, y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo marca Mazda modelo 323, placa patente VZ- 5918, siendo sorprendido por personal de carabineros en la esquina de calles Walter de Ugarte Uriarte esquina Emilio Hauri de la comuna de Lautaro, donde constataron su estado en atención a su hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. La prueba respiratoria realizada al requerido arrojó un resultado de 0,64 gramos de alcohol por litro de sangre...” Los hechos descritos constituyen el delito CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 193 en relación a los artículos 110, 111 y 209 de la ley 18.290 de tránsito; en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole participación en calidad de AUTOR. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo y de participación atribuidos al requerido, y con la calificación jurídica de los hechos, respecto de los cuales no ha habido controversia. QUINTO: Que, el Ministerio Público, considerando la agravación de pena del artículo 209 inciso 2° de la ley de Tránsito, solicita se imponga la pena de 1 día de prisión en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, y suspensión de licencia de conducir por 3 meses. Que, la Defensa no cuestionó la procedencia y magnitud de las penas solicitadas por el Ministerio Público. Solicitó que la pena privativa de libertad se tenga por cumplida, por el abono de 1 día, en razón de la jornada de detención del día 13 de enero de 2023. Respecto de la multa pidió el plazo de 2 meses para su pago. En cuanto a la suspensión de licencia, no cuestionó su procedencia ni cuantía. Que la Fiscalía no se opuso a las pretensiones de la Defensa. SEXTO: Que, se impondrá la pena de 1 día de prisión respecto del imputado, por la falta de conducción bajo influencia del alcohol, ya que si bien el artículo 193 contempla como pena principal la de multa, conforme al artículo 209 inciso 2° de la ley de
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a ARDY DARIO GACITUA HUIRIQUEO, ya individualizado, en su calidad de AUTOR de la falta de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO BAJO INFLUENCIA DEL ALCOHOL SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, en grado de CONSUMADA, perpetrada el día 22 de octubre de 2022, en la comuna de Lautaro, a las siguientes penas: 1 día de prisión en su grado mínimo, suspensión de cargo público durante el tiempo de la condena; multa equivalente a un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, y suspensión de licencia de conducir por 3 meses, sin costas. II.- Que, la pena privativa de libertad se tendrá por cumplida por el abono de 1 día, en razón de la jornada de detención del día 13 de enero de 2023. III.- Que, para el pago de la multa, se concede al sentenciado el plazo de 2 meses, contado desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, y bajo apercibimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y siguientes del Código Penal. IV.- Que se ordena oficiar al Registro Nacional de Conductores del Servicio de Registro Civil e Identificación, a objeto de informar de la suspensión de licencia de conducir decretada, misma que se contará desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, y que se hará efectiva con la inhabilidad del sentenciado de obtener licencia de conducir en el mismo plazo de 3 meses. V.- Que, el condenado no cuenta con otros abonos que considerar a su favor en razón de la presente causa. Quedan en este acto notificados los interviniente
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RUC : 2201052799-K RIT : 1710 – 2022 MATERIA : CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIA DEL ALCOHOL SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR IMPUTADO : ARDY DARIO GACITUA HUIRIQUEO RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Lautaro, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta
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