7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ERIC RODOLFO MORALES CAMPOS

Rol

O-7610-2022

Fecha

22 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 10 de julio de 2022, a las 03:50 horas aproximadamente, los requeridos, BRAULIO ENRIQUE FLORES SANHUEZA y ERIC RODOLFO MORALES CAMPOS, previamente concertados, utilizando una sierra, forzaron la puerta del quiosco ubicado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins a la altura del N° 2856, comuna de Santiago, desde donde sustrajeron cerca de 152 especies de diferentes naturaleza y marcas, tales como paquetes de caramelos, chocolates, papas fritas, turrón, maní, encendedores y pañuelos, los que acopiaron en un carro de supermercado que portaban, siendo sorprendidos por funcionarios de carabineros, ante lo cual los requeridos abandonaron en el lugar el carro con las especies, lográndose su detención cuando se daban a la fuga. SE DECLARA: I.- Que, se condena a ERIC RODOLFO MORALES CAMPOS ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, y a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO previsto y sancionado en el artículos 443 del Código Penal, hechos ocurridos en la comuna de Santiago, el día 10 de julio de 2022, encontrándose en grado de ejecución de FRUSTRADO. II.- Que atendido al mayor tiempo que el sentenciado estuvo bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total en esta causa, desde el 10 de julio de 2022 al 15 de noviembre de 2022, la pena privativa de libertad impuesta se le da por cumplida III.- Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal, se ordena el comiso de lo incautado. IV.-Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se les exime al sentenciado de pagar las costas de este procedimiento atendido que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Código: CLKGXDKSTPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser val

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a ERIC RODOLFO MORALES CAMPOS ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, y a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO previsto y sancionado en el artículos 443 del Código Penal, hechos ocurridos en la comuna de Santiago, el día 10 de julio de 2022, encontrándose en grado de ejecución de FRUSTRADO. II.- Que atendido al mayor tiempo que el sentenciado estuvo bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total en esta causa, desde el 10 de julio de 2022 al 15 de noviembre de 2022, la pena privativa de libertad impuesta se le da por cumplida III.- Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal, se ordena el comiso de lo incautado. IV.-Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se les exime al sentenciado de pagar las costas de este procedimiento atendido que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Código: CLKGXDKSTPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renunciaron a los plazos. Dictada por don MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dicta

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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veintidós de febrero de dos mil veintitres. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA RUC: 2200665392-1 RIT: 7610 - 2022 IMPUTADO: ERIC RODOLFO MORALES CAMPOS C.I. 0015455331-2 DELITO ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículos 443 del Código Pena PARTICIPACION Autor G.

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