Jgdo. L. y G. de Santa Barbara

ANONIMIZADO

Rol

F-48-2022

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que ha transcurrido más de un año desde que se suspendiera condicionalmente la dictación de la sentencia en estos autos. SEGUNDO: Que, la parte denunciada o demandada ha dado cumplimiento satisfactorio a las condiciones impuestas en esa oportunidad, toda vez que no se ha informado al tribunal su incumplimiento, como se advirtió a la parte afectada en la audiencia en que dicha suspensión se declaró. TERCERO: Que, el artículo 98 de la Ley 19.968 dispone que, cumplidos los requisitos señalados en los considerandos precedentes, se debe declarar tal circunstancia y ordenar lo...

Texto Completo (Preview)

Santa Bárbara, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. A sus antecedentes, sugerencia del Consejo Técnico. Visto y considerando: PRIMERO: Que ha transcurrido más de un año desde que se suspendiera condicionalmente la dictación de la sentencia en estos autos. SEGUNDO: Que, la parte denunciada o demandada ha dado cumplimiento satisfactorio a las condiciones impuestas en esa oportunidad, toda vez

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica