2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SPOLMAN/GHIVARELLO

Rol

O-5952-2020

Fecha

16 de noviembre de 2021

Materia

Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 171, 160 N°7 y 454 y siguientes del Código del trabajo, el tribunal declara lo siguiente: I. Que se declara justificado el despido indirecto realizado por el actor respecto de su ex empleadora, ocurrido esto con fecha 14 de agosto de 2020, en consecuencia en este acápite se adeudan al actor las siguientes prestaciones de índole laboral: 1) Sustitutiva del aviso previo por la suma de $ 640.000. 2) Indemnización por años de servicios $ 7.040.000 3) Recargo del 50% asociado al auto despido $ 4.160.000 4) Remuneraciones adeudadas de abril de 2020 a agosto de 2020 $ 3.840.000. 5) Feriado proporcional 15 días $ 320.000 6) Gratificaciones legales no pagadas ascendentes a $ 5.880.500.- II. Que además se declara nulo este despido indirecto y en consecuencia se ordena a la demandada, enterar las cotizaciones en las entidades prestadoras correspondientes Fonasa y AFP Capital, todas las cotizaciones impagas desde el mes octubre de 2004 y hasta agosto de 2020, por un total de 190 meses y adicionalmente se seguirán devengando las remuneraciones y cotizaciones de seguridad, de salud y de cesantía, mientras no se convalide legalmente el despido a razón de $ 640.000 mensuales III. Que las sumas señaladas en los acápites anteriores generaran los intereses y reajustes conforme el artículo. 63 y 173 del código del Trabajo. IV. Que adicionalmente se condena en costas a la demandada rebelde y se regulan prudencialmente las mismas en la suma de $ 500.000.- V. Una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo contrario, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, para su cumplimiento y ejecución Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audi

Fallo

se declara justificado el despido indirecto realizado por el actor respecto de su ex empleadora, ocurrido esto con fecha 14 de agosto de 2020, en consecuencia en este acápite se adeudan al actor las siguientes prestaciones de índole laboral: 1) Sustitutiva del aviso previo por la suma de $ 640.000. 2) Indemnización por años de servicios $ 7.040.000 3) Recargo del 50% asociado al auto despido $ 4.160.000 4) Remuneraciones adeudadas de abril de 2020 a agosto de 2020 $ 3.840.000. 5) Feriado proporcional 15 días $ 320.000 6) Gratificaciones legales no pagadas ascendentes a $ 5.880.500.- II. Que además se declara nulo este despido indirecto y en consecuencia se ordena a la demandada, enterar las cotizaciones en las entidades prestadoras correspondientes Fonasa y AFP Capital, todas las cotizaciones impagas desde el mes octubre de 2004 y hasta agosto de 2020, por un total de 190 meses y adicionalmente se seguirán devengando las remuneraciones y cotizaciones de seguridad, de salud y de cesantía, mientras no se convalide legalmente el despido a razón de $ 640.000 mensuales III. Que las sumas señaladas en los acápites anteriores generaran los intereses y reajustes conforme el artículo. 63 y 173 del código del Trabajo. IV. Que adicionalmente se condena en costas a la demandada rebelde y se regulan prudencialmente las mismas en la suma de $ 500.000.- V. Una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo contrario, remítans

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15/11/2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 2 RUC 20-4-0295562-8 RIT O-5952-2021 MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVO DE ACTAS FREDDY LAZO BANDA ( ) HORA DE INICIO 11:17 HORAS HORA DE TERMINO 11:34 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0295562-8-1349-211115-00 CUSTODIA DE DOCUMENTO

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