COMPAÑIA CONTRACTUAL MINERA CANDELARIA/
Rol
V-1001-2019
Fecha
23 de junio de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 14 de mayo de 2019, don Alamiro Toledo Toledo, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad N° 9.098.875-1, domiciliado para estos efectos en O”Higgins N° 744, piso N° 7, oficina N° 702, Copiapó, en representación de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA CANDELARIA, empresa de nacionalidad chilena, Rut N° 85.272.800-0, domiciliada en Avda. El Bosque Norte N° 500, Piso 11, oficina N° 1102, Las Condes, Santiago, solicitó 8 pertenencias mineras denominadas "ESPERANZA IV 1 a ESPERANZA IV 8", ubicadas en la Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. 2) Que el acta de mensura presentada con fecha 09 de abril de 2020, da cuenta de la mensura de las pertenencias "ESPERANZA IV 1 a ESPERANZA IV 8", ubicadas en el sector Las Pintadas, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, las que abarcan una superficie total de 24 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VERTICE NORTE (MTS) ESTE(MTS) L1 6.952.300,00 369.000,00 L2 6.952.300,00 369.300,00 L3 6.951.500,00 369.300,00 L4 6.951.500,00 369.000,00 3) Que con fecha 16 de mayo de 2019, la manifestación en referencia fue inscrita a fojas 1864 Nº 1.161 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas; y se publicó en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.365 de fecha 29 de mayo de 2019, documentos acompañados a la carpeta digital de fecha 11 de diciembre de 2019. 4) Que con fecha 23 de diciembre de 2019, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.535, documento agregado a la V-1001-2019 Foja: 1 carpeta digital de fecha 10 de junio de 2020. 5) Que en el curso de la tramitación no se notaron faltas o ilegalidades y la operación de mensura fue practicada en forma correcta según informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 002609 de fecha 12 de mayo de 2020, agregado mediante resolución de fecha 15 de mayo de 2020. No obstante lo anterior estas pertenencias abarcan parcialmente las pertenencias ya constituidas denominadas: “LA ABANDONADA 1/3", Rol Nacional 03203-1200- 0, de propiedad de Galleguillos Tello Albertino, cuyos vértices fueron determinados en coordenadas U.T.M por el interesado con arreglo a lo dispuesto en el art. 6° transitorio del código; “AMPARADA 1/2 “, Rol Nacional 03203- 1500-K y “VISTA HERMOSA 1”, Rol Nacional 03203-3461-6, de propiedad de Galleguillos Tello Albertino, cuyo vértices fueron proporcionados en coordenadas U.T.M al mensurar estas pertenencias; y “POR SI ACASO 1” Rol Nacional 03203-3703-8, de propiedad de Compañía Contractual Minera Ojos del Salado, cuyos vértices fueron proporcionados en coordenadas U.T.M. al mensurar estas pertenencias. 6) Que con fecha 15 de mayo de 2020, se ordenó la publicación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Código de Minería. 7) Que, con fecha 08 de junio de 2020, comparece el abogado don Juan Carlos Pino Escobar, abogado, en representación de COMPAÑÍA CONTRACTUAL M
Fallo
SE DECLARA: Que, SE APRUEBA el plano y el acta de mensura y quedan constituidas las pertenencias "ESPERANZA IV 1 a ESPERANZA IV 8", ubicadas en el sector Las Pintadas, Comuna Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 24 hectáreas, en favor de la COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA CANDELARIA. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículos 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase copia autorizada de esta sentencia y del acta de mensura V-1001-2019 Foja: 1 en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó; y remítase copias de las mismas piezas al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese los planos en los términos establecidos en el artículo 87 del mencionado cuerpo legal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° V- 1001-2019. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, veintitrés de Junio de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occident
Texto Completo (Preview)
V-1001-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1001-2019 CARATULADO : COMPAÑIA CONTRACTUAL MINERA CANDELARIA/ Copiapó, veintitrés de Junio de dos mil veinte VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 14 de mayo de 2019, don Alamiro Toledo Toledo, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad N° 9.098.875-1, domiciliado para estos efectos
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