SOTO/
Rol
V-371-2019
Fecha
22 de junio de 2020
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que en folio 1, don BRAULIO ENRIQUE SANDOVAL TRUJILLO, C.N.I. N° 4.643.082-4, abogado, domiciliado en esta ciudad de Temuco, calle Benjamín Vicuña Mackenna N° 540, Departamento 54, en representación y como mandatario judicial de doña RAQUEL DEL CARMEN SOTO RIQUELME, C.N.I. N° 5.968.848-0, pensionada, domiciliada en esta ciudad de Temuco, Rotonda Los Dirigentes Vecinales N° 0320, Villa Becker, expone: Que con fecha 23 de Agosto del año 2018 falleció en esta ciudad de Temuco don GUSTAVO EXEQUIEL CARRASCO SOTO, C.N.I. N° 6.075.219-2, hijo de mi representada, defunción la cual se inscribió bajo el N° 1027, del año 2018, de la Circunscripción de Temuco del Servicio de Registro Civil e Identificación.- Con fecha 10 de Septiembre de 2018 mi representada doña Raquel del Carmen Soto Riquelme procedió a solicitar la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de su hijo, esto, al mencionado Servicio de Registro Civil e Identificación, en esta ciudad de Temuco.- Dicha Posesión Efectiva fue concedida por Resolución Exenta N° 12.608, de 10 de Octubre de 2018, emanada del Director Regional de la Región de La Araucanía.- Es del caso que el inventario de bienes contenido en esa Resolución figuran los “Derechos hereditarios” que correspondían al causante en el inmueble ubicado en esta ciudad de Temuco, calle Foye N° 1153, que corresponde al rol N° 206 del plano de la Población Millaray Segunda, derechos los cuales, como inscripción especial de herencia, figuran a fojas 6538 vta., bajo el N° 4181 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2010.- En la mencionada Resolución Exenta N° 12.608, de 10 de octubre de 2018, se incurrió en un error, al señalar que dichos derechos hereditarios se encontraban inscritos a “Fs. 6528 NRO 4181 AÑO 20 CBR TEMUCO”.- En vez de señalar el año 2010, se señaló el año 20.- Este error impidió que el Conservador de Bienes Raíces de Temuco practicara la correspondiente inscripción especia
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, doña RAQUEL DEL CARMEN SOTO RIQUELME, solicita al tribunal ordenar al Servicio de Registro Civil e Identificación, rectificar el inventario solemne de los bienes quedados al fallecimiento de su hijo don GUSTAVO EXEQUIEL CARRASCO SOTO, contenido en la Resolución Exenta N° 12.608, de fecha 10 de octubre de 2018, emanada del Director Regional de la Región de La Araucanía, en el sentido de que los “Derechos hereditarios” que correspondían al causante en el inmueble ubicado en esta ciudad de Temuco, calle Foye N° 1153, rol N° 206 del plano de la Población Millaray Segunda, figuran inscritos a fojas 6528 bajo el N° 4181 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2010, y no como se señala en la mencionada Resolución Exenta N° 12.608, de 10 de octubre de 2018, a “Fs. 6528 NRO 4181 AÑO 20 CBR TEMUCO”. SEGUNDO: Que en la especie, se tramitó Posesión Efectiva Administrativa n2207, respecto del causante don GUSTAVO EXEQUIEL CARRASCO SOTO presentada en la Oficina Temuco el día 10-09-2018, la cual fue concedida por Resolución Exenta N°12608 de 10-10-2018, e inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas con el N° 61132- 2018; posteriormente se rechazó Solicitud de Modificación n3033 y, Solicitud de Rectificación N°1670 fundado en el hecho de existir testamento abierto otorgado por el causante ante el Notario Público de Temuco, Juan Antonio Loyola Opazo, el día 23-08-2018, inscrito bajo el n°5563 en el Registro Nacional de Testamentos. El hecho de que se haya tramitado la posesión efectiva en sede administrativa obedece a que la nómina que contenía los antecedentes del testamento otorgado por el causante ante el Notario Público de Temuco, Juan Antonio Loyola Opazo, fue recepcionada en el Subdepartamento de Posesiones Efectivas con fecha 17-10-2018, y se practicó dicha inscripción el día 22-10-2018, Foja: 1 en consecuencia a la fecha de ingreso de la solicitud en el respectivo Servicio (10- 09-2018) no se tenía conocimiento de la existencia del testamento. Que la Ley 19.903 en su artículo 1 dispone: “Las posesiones efectivas de herencias, originadas en sucesiones intestadas abiertas en Chile, serán tramitadas ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, de conformidad a lo dispuesto en la presente ley. Las demás serán conocidas por el tribunal competente de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil. Tomando conocimiento de una posesión efectiva cuyo trámite corresponda a los tribunales de justicia, el Servicio devolverá la solicitud para que sea tramitada ante el juez de letras correspondiente”. Que de acuerdo al mérito de los antecedentes, existe un testamento de don GUSTAVO EXEQUIEL CARRASCO SOTO, y que si bien por un desfase en la recepción de la respectiva nómina que envía el Notario al Servicio de Registro Civil e Identificación, permitió que la solicitud de posesión efectiva se comenzara a tramitar y se efectuara la inscripción n° 61132-2018
Fallo
POR TANTO, Y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, RUEGO A US. tener por interpuesta la presente solicitud, por la cual se solicita de US. tenga a bien ordenar al Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por su Director Regional, don JUAN DE DIOS FUENTES VEGA, ambos domiciliados en esta ciudad de Temuco, calle Luis Claro Solar N° 875, Tercer Piso, previo su informe, proceda a rectificar el inventario solemne de los bienes quedados al fallecimiento del causante don GUSTAVO EXEQUIEL CARRASCO SOTO (QEPD) , contenido en la Resolución Exenta N° 12.608, de 10 de octubre de 2018, emanada del Director Regional de la Región de La Araucanía, en el sentido de que los “Derechos hereditarios” que correspondían al causante en el inmueble ubicado en esta ciudad de Temuco, calle Foye N° 1153, que corresponde al rol N° 206 del plano de la Población Millaray Segunda, los cuales, como inscripción especial de herencia, figuran a fojas 6538 vta., bajo el N° 4181 del Registro de Propiedad del Foja: 1 Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2010, no están inscritos, como se señala en la mencionada Resolución Exenta N° 12.608, de 10 de octubre de 2018, a “Fs. 6528 NRO 4181 AÑO 20 CBR TEMUCO”, sino que a “Fs. 6528 NRO 4181 AÑO 2010 CBR TEMUCO”.- Que en folio 1 se acompañaron los siguientes instrumentos: 1.- CERTIFICADO DE POSESIÓN EFECTIVA N° 12.608, de 10 de octubre de 2018.- 2.- Resolución Rechaza
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-371-2019 CARATULADO : SOTO/ Temuco, veintid s de Junio de dos mil veinte ó VISTOS Que en folio 1, don BRAULIO ENRIQUE SANDOVAL TRUJILLO, C.N.I. N° 4.643.082-4, abogado, domiciliado en esta ciudad de Temuco, calle Benjamín Vicuña Mackenna N° 540, Departamento 54, en representación y como mandat
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