JUAN ESTEBAN RIQUELME BARRA C/ DANIEL FERNANDO HENRÍQUEZ CONTRERAS
Rol
O-4787-2022
Fecha
20 de febrero de 2023
Materia
MALTRATO CORP. MENOR. O PERSONAS VUL. ART. 403 BIS INC. 1°.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos precedentemente son constitutivos del delito de maltrato relevante, prescritos y sancionados en el artículo 403 bis del Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066, en calidad de autor y en grado de ejecución de consumado, y concurriendo la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, solicita se le aplique una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y la accesoria del articulo 403 sexies del Código Penal, la prohibición de acercarse a la víctima. TERCERO: Que habiéndose realizado por el Tribunal la interrogación a la imputada en torno a si admitía responsabilidad en el requerimiento en los términos del artículo 395 del Código Procesal Penal, en audiencia de fecha 14 de noviembre de 2023, el imputado asistido por su abogado, declaró expresa e informadamente que “NO” admitía responsabilidad en los hechos materia del requerimiento y solicitaba la realización de un juicio oral simplificado. Código: YCWZXDXLJMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ___________________________________________________________________________________________________________________ _ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – Que se realizó la preparación del juicio oral simplificado, en la misma, fijándose como hechos de la acusación los mismos del requerimiento. Que en la audiencia de fecha 14 de febrero de 2023 se realizó el juicio simplificado efectivo recibiéndose los alegatos de apertura en el cual el Ministerio Público expreso que conforme a la declaración de los testigos y la restante prueba, lograra desvirtuar el principio de inocencia, acreditando el hecho punible y la participación del acusado, y así obtener una decisión de condena, en tanto, la defensa señala que se asilara en el principio de presunción de inocencia reservando sus alegaciones para juicio oral
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Chillán, se tramitó la causa RIT 4787-2022, RUC 2200880099-9, de conformidad a las normas del procedimiento simplificado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal. REQUERIMIENTO SEGUNDO: Que, el Ministerio Público, con fecha 28 de septiembre de 2022 presentó requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de DANIEL FERNANDO HENRIQUEZ CONTRERAS, CI 14.390.805-4, de profesión u oficio OBRERO, domiciliado en CASERIO MAULE S/N, CHILLAN VIEJO, en atención a los siguientes de hecho y de derecho: 1.- “…El día 04 de septiembre de 2022 alrededor de las 13:18 horas aproximadamente, el imputado Daniel Henríquez Contreras, en circunstancias que caminaba por la calle Principal de sector Rucapequen, comuna de Chillán Viejo, con su hijo David Fernando Henríquez Riquelme de 06 años de edad, el que tropezó en la calle a raíz de lo cual el imputado lo golpea con un puntapié, maltratándolo de manera relevante, siendo observado por personal policial que lo tomó detenido...” 2.- A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos precedentemente son constitutivos del delito de maltrato relevante, prescritos y sancionados en el artículo 403 bis del Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066, en calidad de autor y en grado de ejecución de consumado, y concurriendo la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, solicita se le aplique una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y la accesoria del articulo 403 sexies del Código Penal, la prohibición de acercarse a la víctima. TERCERO: Que habiéndose realizado por el Tribunal la interrogación a la imputada en torno a si admitía responsabilidad en el requerimiento en los términos del artículo 395 del Código Procesal Penal, en audiencia de fecha 14 de noviembre de 2023, el imputado asistido por su abogado, declaró expresa e informadamente que “NO” admitía responsabilidad en los hechos materia del requerimiento y solicitaba la realización de un juicio oral simplificado. Código: YCWZXDXLJMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ___________________________________________________________________________________________________________________ _ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – Que se realizó la preparación del juicio oral simplificado, en la misma, fijándose como hechos de la acusación los mismos del requerimiento. Que en la audiencia de fecha 14 de febrero de 2023 se realizó el juicio simplificado efectivo recibiéndose los alegatos de apertura en el cual el Ministerio Público expreso que conforme a la declaración de los testigos y la restante prueba, lograra desvirtuar el principio de inocencia, acreditando el hecho punible y la participación del acusado, y así obtener una decisión de condena, en tan
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a DANIEL FERNANDO HENRIQUEZ CONTRERAS, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público en el requerimiento de fecha 28 de septiembre de 2023. II.- Que, se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. III. Que los intervinientes quedan en este acto notificados de la presente sentencia conforme a la lectura de la misma. Código: YCWZXDXLJMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ___________________________________________________________________________________________________________________ _ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – Anótese, regístrese y archívese si no se recurriere de nulidad. RIT 4787-2022, RUC 2200880099-9 Dictada por doña PAULINA RODRIGUEZ ZAPATA, Juez de Garantía Titular. Código: YCWZXDXLJMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl 2023-02-23T13:26:28-0300
Texto Completo (Preview)
___________________________________________________________________________________________________________________ _ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – Chillán, veinte de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Chillán, se tramitó la causa RIT 4787-2022, RU
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