MP COQUIMBO C/ FRANCO ANTONIO ALQUINTA FREDES
Rol
O-2658-2022
Fecha
21 de febrero de 2023
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 17 de junio de 2022 a las 22:40 en la vía pública, ruta 5 norte con avenida los jardines, comuna de Coquimbo, los acusados Fernando Javier Berrios Godoy y Franco Antonio Alquinta Fredes, escalaron y sacaron desde un poste de alumbrado municipal dos paneles solares con sus respectivas baterías, especies de propiedad de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, siendo sorprendidos por personal de Carabineros en momentos posteriores con las especies en su poder.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a veintiuno de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 4, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 12 N° 10, 11 N° 9, 18 al 21, 30, 51, 61, 68, 69, 70, 432, 442 del Código Penal, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, 19 N° 3 de la Constitución Política de Chile, 600 del Código Orgánico de Tribunales SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a FRANCO ANTONIO ALQUINTA FREDES, a la pena de 50 DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, SUSPENSIÓN DE CARGO Y OFICIO PÚBLICO MIENTRAS DURE LA CONDENA, por su responsabilidad a título de autor de un delito frustrado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, ocurrido el día 17 de junio de 2022. II.- Que no dándose los presupuestos de la Ley 18.216, deberá cumplir la pena de manera efectiva, por tanto, una vez que se encuentre firme y ejecutoriada la sentencia, al día siguiente, deberá presentarse al Centro de Detención Preventiva correspondiente a su domicilio, a fin de que se le dé orden de ingreso en calidad de rematado por 50 días, con dos días de abono, que corresponden a los días que permaneció privado de libertad por esta causa, esto es, el 18 de junio de 2022 y el 21 de febrero de 2023 . III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. VI.- Déjese sin efecto las medidas cautelares que se hubieren decretado. ANOTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. RUC Nº 220059329
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: “El día 17 de junio de 2022 a las 22:40 en la vía pública, ruta 5 norte con avenida los jardines, comuna de Coquimbo, los acusados Fernando Javier Berrios Godoy y Franco Antonio Alquinta Fredes, escalaron y sacaron desde un poste de alumbrado municipal dos paneles solares con sus respectivas baterías, especies de propiedad de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, siendo sorprendidos po
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