Juzgado de Familia Casablanca

ANONIMIZADO

Rol

F-135-2023

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes y en especial la opinión vertida por el consejo técnico, que da cuenta que los hechos denunciados, dicen relación con problemática del régimen de visita no regulado respecto de la hija en común y teniendo en especial consideración la manifestación libre y espontánea de la denunciante en orden a no continuar con estos antecedentes, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 81 y 100 de la ley 19968, se rechaza la denuncia, sin perjuicio de los derechos que le asisten a la actora de ejercer las acciones que correspondan frente a hechos constitutivos de violencia intrafamiliar. Notifíquese...

Texto Completo (Preview)

Casablanca, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes y en especial la opinión vertida por el consejo técnico, que da cuenta que los hechos denunciados, dicen relación con problemática del régimen de visita no regulado respecto de la hija en común y teniendo en especial consideración la manifestación libre y espontánea de la denunciant

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