JUAN CARLOS OVANDO PARRA C/ PABLO ANDRÉS GONZÁLEZ ROJAS
Rol
O-875-2022
Fecha
20 de febrero de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 50, del Código Penal; artículos 1, 4, 36, 45, 47, 281 y siguientes, 295, 296, 297, 309, 314, 328, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal y 196 de la ley del tránsito, SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE al acusado PABLO ANDRÉS GONZÁLEZ ROJAS, de los cargos fiscales que lo suponían autor del delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, que se habría cometido el día 29/10/2021 en esta jurisdicción. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo Octavo se EXIME al Ministerio Público del pago de las costas. Devuélvase al Ministerio Público los documentos incorporados durante la audiencia de juicio oral. III.- Que, se alza la medida cautelar decretada. Dese cumplimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese y regístrese. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. Código: LDLEXDRYPKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 2100995788-7 RIT 875 - 2022 Dictada por MARIA JOSE MORENO BRAVO, Juez(a) Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. NO MODIFICAR MARGEN HOJA, X FDA. Código: LDLEXDRYPKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-21T12:05:17-0300
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 50, del Código Penal; artículos 1, 4, 36, 45, 47, 281 y siguientes, 295, 296, 297, 309, 314, 328, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal y 196 de la ley del tránsito, SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE al acusado PABLO ANDRÉS GONZÁLEZ ROJAS, de los cargos fiscales que lo suponían autor del delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, que se habría cometido el día 29/10/2021 en esta jurisdicción. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo Octavo se EXIME al Ministerio Público del pago de las costas. Devuélvase al Ministerio Público los documentos incorporados durante la audiencia de juicio oral. III.- Que, se alza la medida cautelar decretada. Dese cumplimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese y regístrese. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. Código: LDLEXDRYPKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 2100995788-7 RIT 875 - 2022 Dictada por MARIA JOSE MORENO BRAVO, Juez(a) Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. NO MODIFICAR MARGEN HOJA, X FDA. Código: LDLEXDRYPKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA JUIICO ORALSIMPLIFICADO Fecha : veinte de febrero de dos mil veintitrés. Imputado : PABLO ANDRÉS GONZÁLEZ ROJAS, cédula de identidad N° 0010865870-3, fecha de nacimiento 25 enero 1971, con domicilio en Calle Las Acacias Nº 360, comuna de Malloa. Fiscal : CLAUDIO CIUDAD CUETO Defensor : KARINA BETTINI SILVA, cédula de identidad N°0012632550-9, Defensor Público Delito :
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