2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MERARI/SERVICIOS JMB SPA

Rol

O-1878-2020

Fecha

15 de noviembre de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Demanda. Compareció doña JOSMERY MERARI TOVAR, cédula de identidad N° 26.761.627-2, cajera, domiciliada en Avda. Santa Rosa N° 237, departamento 2101-B, comuna de Santiago, quien interpuso demanda en procedimiento de aplicación general por declaración de empleador único y cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora SERVICIOS JMB SPA, rol único tributario N° 76.979.096-9, del giro de otras actividades de dotación de recursos humanos, representada legalmente por don José Miguel de la Barra del Canto, cédula de identidad N° 10.975.596-6, ignora profesión u oficio, y por don Sebastián Vanella Muñoz, cédula de identidad N° 13.673.330-3, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Compañía de Jesús N° 1390, oficina 405, comuna de Santiago, y/o en calle Ricardo Lyon N° 227, comuna de Providencia, y además, interpone demanda por su responsabilidad solidaria en las obligaciones laborales, de acuerdo al artículo 3 inciso sexto del Código del Trabajo, y en calidad de unidad económica, en contra de LOS MANZANOS S.A., rol único tributario N° 76.296.041-9, del giro de actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas; ANSEB S.A., rol único tributario N° 76.076.278-4, del giro de actividades de restaurantes; ALTRA S.A., rol único tributario N° 76.004.203-K, del giro de actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas; INTERNACIONALE EXPLOTACION RESTAURANTES LTDA., rol único tributario N° 76.044.003-5, del giro de su denominación; MISE LTDA., rol único tributario N° 76.038.771-1, del giro de actividades de restaurantes; SELUK S.A., rol único tributario N° 76.075.975-9, del giro de actividades de restaurantes; EMPRESA PRODUCTORA DE ALIMENTOS S.A., rol único tributario N° 76.409.689-4, del giro de su denominación; SOCIEDAD MC PICCOLA FAST FOOD CORPORATION S.A., rol único tributario N° 76.772.265-6, del giro de su denominación; RESTAURANT PAINE LIMITADA, rol único tributario N° 78.252.630-8, del giro de su denominación; LOS MANZANOS DOS S.A., rol

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Audiencia preparatoria. Incomparecencia. Llamado a conciliación. Hechos controvertidos. Que en la audiencia preparatoria se verificaron los siguientes trámites procesales: Se deja constancia que las demandadas no comparecen a la audiencia pese a estar válidamente notificadas. Asimismo quedó constancia que las demandadas no evacuaron el trámite de la contestación de la demanda. Llamado a conciliación: resultó frustrado. Hechos controvertidos: 1) Si la actora prestó servicios para las demandadas, en las fechas, funciones y con la remuneración que señala en su demanda. 2) Si las demandadas constituyen un único empleador para efectos laborales. 3) Si se adeuda a la actora el feriado y las cotizaciones que se reclaman. SEGUNDO: Medios de prueba de la demandante. Que para acreditar sus pretensiones, la demandante incorporó los siguientes medios de prueba: Documental 1) Contrato de trabajo de fecha 9 de abril de 2019; 2) Anexo de contrato de trabajo de fecha 1 de junio de 2019; 3) Liquidaciones de remuneraciones de abril a octubre de 2019; 4) Renuncia voluntaria de fecha 14 de noviembre de 2019; 5) Proyecto de finiquito de fecha 14 de noviembre de 2019; 6) Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo de Santiago, Nº 1318/2020/824 de fecha 9 de enero de 2020; 7) Acta de Comparendo de Conciliación ante la Inspección del Trabajo de Santiago, de fecha 5 de febrero de 2020. 8) Certificado de Cotizaciones Previsionales de AFP Modelo S.A., de fecha 10 de diciembre de 2019; 9) Certificado de Cotizaciones y de Antecedentes Afiliado de la Administradora de Fondos de Cesantía, de fecha 10 de febrero de 2020; 10) Cartola de Cotizaciones de Salud de Fonasa, de 6 de febrero de 2020. 11) Consulta de Situación Tributaria de Terceros de la demandada Servicios JMB SPA, Altra S.A., Los Manzanos Dos S.A., y Restaurant Paine S.A. de fecha 3 de marzo de 2020; 12) Carátula de Informe de Fiscalización e Informe de Exposición N° 1301/2019/1147 de fecha 29 de marzo de 2019. Confesional Se solicitó la declaración de don Sebastián Vanella Muñoz, cédula de identidad N° 13.673.330-3, representante legal de las demandadas, bajo apercibimiento legal, quien no compareció. La demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento correspondiente. Testimonial Prestó declaración, previo juramento de decir verdad, doña Nelsi Yaniuska González Blanco, cédula de identidad N° 27.062.823-0. Oficios Se incorporó la respuesta de la Dirección del Trabajo. TERCERO: Medios de prueba de las demandadas. Que atendida la incomparecencia de las demandadas a las audiencias del proceso, no incorporaron medios de prueba. CUARTO: Existencia de contrato de trabajo. Que de acuerdo al mérito del proceso y conforme a la prueba incorporada, quedan acreditados los siguientes hechos: a) El 9 de abril de 2019, la demandante y la empresa Servicios JMB SpA celebraron un contrato de trabajo, por el cual aquella se obligó a prestarle servicios como cajera en el local MC

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 33, 41, 42, 44, 46 a 50, 54 a 58, 71, 159 N° 2, 420, 423, 425 a 431, 432 a 438, 446 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I) Que se acoge la demanda interpuesta por doña JOSMERY MERARI TOVAR, cédula de identidad N° 26.761.627-2, en contra de SERVICIOS JMB SPA, rol único tributario N° 76.979.096-9, representada legalmente por don José Miguel de la Barra del Canto, cédula de identidad N° 10.975.596-6, y por don Sebastián Vanella Muñoz, cédula de identidad N° 13.673.330-3, y en contra de las sociedades LOS MANZANOS S.A., rol único tributario N° 76.296.041-9; ANSEB S.A., rol único tributario N° 76.076.278-4; ALTRA S.A., rol único tributario N° 76.004.203-K; INTERNACIONALE EXPLOTACION RESTAURANTES LTDA., rol único tributario N° 76.044.003-5; MISE LTDA., rol único tributario N° 76.038.771-1; SELUK S.A., rol único tributario N° 76.075.975-9; EMPRESA PRODUCTORA DE ALIMENTOS S.A., rol único tributario N° 76.409.689-4; SOCIEDAD MC PICCOLA FAST FOOD CORPORATION S.A., rol único tributario N° 76.772.265-6; RESTAURANT PAINE LIMITADA, rol único tributario N° 78.252.630-8; LOS MANZANOS DOS S.A., rol único tributario N° 76.818.098-9; COMERCIAL PADNOLOGY LIMITADA, rol único tributario N° 76.163.293-0; de SVL RENTA CAR S.A., rol único tributario N° 76.180.936-9; de SOCIEDAD CONSTRUCTORA SLV S.A., rol único tributario N° 76.230.247-0; de SOCIEDAD INMOBILIARIA SLV S.A., rol único tributario N° 76.215.921-K; y d

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Sentencia definitiva RIT: O-1878-2020 RUC: 20-4-0258343-7 __________________/ Santiago, quince de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: Demanda. Compareció doña JOSMERY MERARI TOVAR, cédula de identidad N° 26.761.627-2, cajera, domiciliada en Avda. Santa Rosa N° 237, departamento 2101-B, comuna de Santiago, quien interpuso demanda en procedimiento de aplicación general por declaración de emplead

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