1º Juzgado de Letras de Coquimbo

RIVERA/

Rol

V-46-2020

Fecha

19 de junio de 2020

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos este Ministro de Fe pudo verificar desde afuera del inmueble, que éste se encuentra aparentemente vacío y sin moradores, toda vez que se aprecia la falta de aseo y cuidado de su antejardín; que sus cortinas no han sido removidas o corridas desde hace un buen tiempo; que el patio se encuentra falto de aseo y de mantención; que lo anterior lo pudo corroborar por los dichos de vecino del inmueble signado con el 3008, el cual es colindante del inmueble en comento, dando fe de este hecho. Por estas consideraciones y en atención a lo expuesto en la certificación practicada por Receptor Judicial de Coquimbo, en los términos descritos precedentemente, junto con ponderar prudencialmente los antecedentes que obran en la carpeta digital, muy especialmente, la referida certificación, de la que se desprende el estado de abandono en el que se encuentra el inmueble en cuestión y Visto además, lo dispuesto en los artículos 6° inciso segundo de la Ley 18.101, y artículos 817, 818, 819, 820, 824, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.-) Que ha lugar a lo solicitado con fecha 26 de mayo de 2020, por don César Salas Vega, abogado, en representación de don Mauricio Antonio Rivera Díaz, ya individualizado, y en consecuencia, se ordena la PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO entrega material del inmueble ubicado en calle Pedro Molina N°3012, Conjunto Habitacional Altos del Mirador, Coquimbo. Requiérase por Receptor Judicial de la plaza, quien deberá certificar la entrega al solicitante, como asimismo, el estado en que se encuentra el inmueble en cuestión. Anótese, regístrese digitalmente, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-46-2020.- Dictada por don Jorge Luis Vera Garvizo, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo. EN COQUIMBO, A DIECINUEVE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE, ANOTÉ POR EL ESTADO DIARIO LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE ANTECEDE. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fallo

FALLO: 16 DE JUNIO DE 2020 Coquimbo, diecinueve de junio de dos mil veinte. V i s t o; Primero: Que con fecha 26 de mayo de 2020, compareció a través de la Oficina Judicial Virtual, don César Mauricio Salas Vega, abogado, domiciliado en avenida Las Flores N°645 Herradura Oriente Coquimbo, en representación convencional de don Mauricio Antonio Rivera Díaz, ingeniero, domiciliado en avenida Sierra Nevada N° 10974 casa 54 Antofagasta, solicitando que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N°18.101, se decrete la entrega del inmueble ubicado en calle Pedro Molina N°3012, Conjunto Habitacional Altos del Mirador, Coquimbo. El peticionario funda su solicitud en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho: Solicita que se conceda a su representado la entrega, sin forma de juicio, en los términos del artículo 6°, inciso segundo de la Ley 18101, del inmueble ubicado en calle Pedro Molina N°3012, del conjunto habitacional denominado Altos del Mirador, de la comuna de Coquimbo, el que arrendó a don Diego Sebastián Yañez Herrera, cedula de identidad N°15.075.691- K, por un año, desde el 02 de enero del año 2020, por una renta mensual de $ 230.000 (doscientos treinta mil pesos). Señala que don Diego Yáñez Herrera no pagó las rentas de arrendamiento, razón por la que hizo abandono del inmueble ya individualizado desde hace un mes, sin previo aviso, ignorando su actual domicilio. Puntualiza señalando que en virtud de lo señalado precedentemente, es necesario q

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PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO MATERIA: OTROS VOLUNTARIOS (ENTREGA DE INMUEBLE) ROL N°46-2020 SOLICITANTE: MAURICIO ANTONIO RIVERA DÍAZ AUTOS PARA FALLO: 16 DE JUNIO DE 2020 Coquimbo, diecinueve de junio de dos mil veinte. V i s t o; Primero: Que con fecha 26 de mayo de 2020, compareció a través de la Oficina Judicial Virtual, don César Mauricio Salas Vega, abogado, d

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