Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

LORETO ANDREA GAJARDO LOPEZ C/ MIGUEL RODRIGO ABARCA NAHUEL

Rol

O-1870-2022

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 297 del código procesal penal, se declara: I.- Que se ABSUELVE a MIGUEL RODRIGO ABARCA NAHUEL, de los hechos materia del requerimiento. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Ejecutoriado que sea el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Álcense las cautelares. Ofíciese. Dictada en audiencia por CRISTIAN ZUBIETA ROJAS, Juez Suplente Tribunal del Garantía de Viña del Mar. Código: RKPHXDTGCEV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-17T14:09:49-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 297 del código procesal penal, se declara: I.- Que se ABSUELVE a MIGUEL RODRIGO ABARCA NAHUEL, de los hechos materia del requerimiento. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Ejecutoriado que sea el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Álcense las cautelares. Ofíciese. Dictada en audiencia por CRISTIAN ZUBIETA ROJAS, Juez Suplente Tribunal del Garantía de Viña del Mar. Código: RKPHXDTGCEV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-17T14:09:49-0300

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SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, quince de febrero de dos mil veintitrés RUC 2200235094-0 RIT 1870 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MIGUEL RODRIGO ABARCA NAHUEL 001349598 6-K PASAJE 11 Nº 4945 Macul. VISTOS Y OÍDOS Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y vis

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