JOSE ELIECER PICHUNCHEO BONTES C/ VÍCTOR ALEXIS ARTIGAS SOLANO
Rol
O-1543-2022
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
CONDUC BAJO LA INF. DEL ALCOHOL ART 193 INC. 2 LEY DE TRANS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DEL REQUERIMIENTO: “El día 22 de octubre de 2022, alrededor de las 21:05 horas, el requerido, conducía en bajo la influencia del alcohol, una vehículo marca Hyundai, modelo Grace, Placa Patente Única SX-1125, por la Ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 1080 de Ancud, indicando el informe de alcoholemia evacuado al efecto que el imputado lo hacía con la cantidad de 0.69 gramos por mil de alcohol en la sangre. Parte Resolutiva: Por estas consideraciones y teniendo, además presente, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N°9,15, 30, 49 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Arts. 193 y 110 de Ley N° 18.290, se declara: I.- Que, se condena a VICTOR ALEXIS ARTIAGAS SOLANO, cédula de identidad N°16.111.701-3, como AUTOR de un delito CONSUMADO de Código: XDZTXDHNXDV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación con artículo 193 de la ley 18.290 de Tránsito, cometido el día 22 de octubre de 2022, en esta comuna de Ancud, a sufrir la pena de multa de 1/3 de U.T.M. y la suspensión de su licencia de conducir por el término de TRES MESES. II.- Que, se tiene por CUMPLIDA la pena de MULTA de un tercio de unidad tributaria mensual, dado el tiempo que pasó privado de libertad por esta causa. III.- Que respecto de la pena accesoria de suspensión de su licencia de conducir por el plazo de tres meses, atendido lo señalado por el condenado quien refiere no tener licencia de conducir, por haberla extraviado, se ordena ofíciar al respecto al Departamento de Tránsito del Municipio donde obtuvo la licencia; e infórmese dicha suspensión vía interconexión al Registro Nacional de Conductores. IV.- Que, visto lo dispuesto del artículo 38 de la ley N° 18.216, se ordena la omisión de esta sentencia en los certificados de antecedentes del condenado. V.- Que, habiendo admitido responsabilid
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además presente, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N°9,15, 30, 49 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Arts. 193 y 110 de Ley N° 18.290, se declara: I.- Que, se condena a VICTOR ALEXIS ARTIAGAS SOLANO, cédula de identidad N°16.111.701-3, como AUTOR de un delito CONSUMADO de Código: XDZTXDHNXDV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación con artículo 193 de la ley 18.290 de Tránsito, cometido el día 22 de octubre de 2022, en esta comuna de Ancud, a sufrir la pena de multa de 1/3 de U.T.M. y la suspensión de su licencia de conducir por el término de TRES MESES. II.- Que, se tiene por CUMPLIDA la pena de MULTA de un tercio de unidad tributaria mensual, dado el tiempo que pasó privado de libertad por esta causa. III.- Que respecto de la pena accesoria de suspensión de su licencia de conducir por el plazo de tres meses, atendido lo señalado por el condenado quien refiere no tener licencia de conducir, por haberla extraviado, se ordena ofíciar al respecto al Departamento de Tránsito del Municipio donde obtuvo la licencia; e infórmese dicha suspensión vía interconexión al Registro Nacional de Conductores. IV.- Que, visto lo dispuesto del artículo 38 de la ley N° 18.216, se ordena la omisión de esta sentencia en los certificados de anteced
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SENTENCIA EN JUICIO SIMPLIFICADO, ART. 395 DEL CPP, PARTE RESOLUTIVA Fecha Ancud., diecisiete de febrero de dos mil veintitrés Magistrado ANDRES CRISTOFER ARTEAGA JARA Fiscal PILAR WERNER SANCHEZ Defensor CARLOS BARAHONA RAMIREZ Delito CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL Hora inicio 10:21AM Hora termino 10:32AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Ancud. Acta Sm
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