MP LA CALERA C/ LUIS EDUARDO ROJAS CALDERÓN
Rol
O-2611-2021
Fecha
16 de febrero de 2023
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 17 de Septiembre de 2021, aproximadamente a las 06:30 horas, en el inmueble ubicado en Calle Los Cáñamos N°112, El Melón, comuna de Nogales, el requerido LUIS EDUARDO ROJAS CALDERÓN amenazó de manera seria y verosímil a su conviviente y madre su hija, la víctima Natalia Alejandra Tapia Ramírez, a quien señaló producto de una discusión empujándola “Ponte de rodillas para matarte no vas a ver a la niña, vas a dejar a la niña acá y tú te vas a ir”, ocasionando a la víctima el serio y cierto temor que llegase a cumplir sus amenazas. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14 n°1, 15 N° 1, 296 n°3, del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al requerido LUIS EDUARDO ROJAS CALDERÓN, Cédula Identidad 16.820.217-2, ya individualizado, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor del delito de Código: EQCFXDXCVVV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1y2, ART.297, supuestamente perpetrado con fecha 17 de septiembre de 2021, en la comuna de Nogales. II.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. III.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 2611-2021 RUC: 2100841397-2 PRONUNCIADA POR CELESTE JESUS SERRANO LAGOS, JUEZ DEL JUZGADO
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al requerido LUIS EDUARDO ROJAS CALDERÓN, Cédula Identidad 16.820.217-2, ya individualizado, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor del delito de Código: EQCFXDXCVVV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1y2, ART.297, supuestamente perpetrado con fecha 17 de septiembre de 2021, en la comuna de Nogales. II.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. III.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 2611-2021 RUC: 2100841397-2 PRONUNCIADA POR CELESTE JESUS SERRANO LAGOS, JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LA CALERA. MMF. Código: EQCFXDXCVVV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-20T10:43:40-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Hechos: El día 17 de Septiembre de 2021, aproximadamente a las 06:30 horas, en el inmueble ubicado en Calle Los Cáñamos N°112, El Melón, comuna de Nogales, el requerido LUIS EDUARDO ROJAS CALDERÓN amenazó de manera seria y verosímil a su conviviente y madre su hija, la víctima Natalia Alejandra Tapia Ra
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