Juzgado de Familia Puerto Varas

ANONIMIZADO

Rol

C-159-2023

Fecha

21 de marzo de 2023

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: No siendo el acuerdo arribado entre las partes completo y suficiente en conformidad al artículo 55 y 21 de la Ley 19.947, en relación con los artículos 222 y siguientes del Código Civil, así como 321 y siguientes de mismo cuerpo normativo, siendo obligación de ambos padres contribuir a solventar los gastos de los hijos comunes y establecer el monto de los alimentos a los cuales estará obligado el padre o madre que no los tenga bajo su cuidado; se rechaza la solicitud de fecha 10 de marzo de 2023. Archívese. Notifíquese a las partes por correo...

Fallo

se resuelve: Se resuelve la solicitud a folio 1, en los siguientes términos: Vistos: No siendo el acuerdo arribado entre las partes completo y suficiente en conformidad al artículo 55 y 21 de la Ley 19.947, en relación con los artículos 222 y siguientes del Código Civil, así como 321 y siguientes de mismo cuerpo normativo, siendo obligación de ambos padres contribuir a solventar los gastos de los hijos comunes y establecer el monto de los alimentos a los cuales estará obligado el padre o madre que no los tenga bajo su cuidado; se rechaza la solicitud de fecha 10 de marzo de 2023. Archívese. Notifíquese a las partes por correo...

Texto Completo (Preview)

Puerto Varas, veintiuno de marzo de dos mil veintitrés. Al escrito a folio 15, se resuelve: Se resuelve la solicitud a folio 1, en los siguientes términos: Vistos: No siendo el acuerdo arribado entre las partes completo y suficiente en conformidad al artículo 55 y 21 de la Ley 19.947, en relación con los artículos 222 y siguientes del Código Civil, así como 321 y siguientes de mismo cuerpo normati

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