1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo.

MP C/ ANGEL ANDRÉS FIGUEROA ABARCA

Rol

O-2142-2021

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

HURTO AGRAVADO (ART. 447 CODIGO PENAL)., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 2° letra b) y 9° inciso primero de la ley 17.798; artículos 45 y siguientes; 340 y siguientes; 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1°, 5°, 7°, 11 N°6, 11 N° 7, 11 N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21, 30, 68, 69, 70, 93 y siguientes, 105, 432, 446 N°1 y 456 bis A del Código Penal; artículos 15 bis, 17, 17 ter letra d) de la Ley 18.216 y; artículo 17 de la Ley 19.790, se declara: I.- Que SE CONDENA a ANGEL ANDRÉS FIGUEROA ABARCA, cédula de identidad 19.563.821-7 y POOL ANTONI GUTIÉRREZ MENA, Cédula De Identidad 16.876.085-K, a las siguientes penas: a) A la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más multa de 3 unidades tributarias mensuales y a la pena Código: NXQHXDFVKBV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl accesoria de suspensión para cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autores de un delito consumado de Hurto Simple, del artículo 446 número 1, en relación al artículo 432 Código Penal, ejecutado en la ciudad de Las Cabras, con fecha 16 de enero 2021. b) A la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, más la pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena y a la pena accesoria especial consistente en la toma de muestra para la determinación de huella genética, y su inclusión en el registro respectivo en su calidad de autores, de un delito consumado de Porte Ilegal De Arma De Fuego, ocurrido la ciudad de Las Cabras, con fecha 16 de enero de 2021. c) A la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más multa de 3 unidades tributarias mensuales y a la pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena, en su calidad de autores de un delito consumado de Receptación, ocurrido en la ciudad de Las Cabras con fecha 16 de enero del 2021. II.- Que respecto a las penas corporales estás deberán ser cumplida

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a ANGEL ANDRÉS FIGUEROA ABARCA, cédula de identidad 19.563.821-7 y POOL ANTONI GUTIÉRREZ MENA, Cédula De Identidad 16.876.085-K, a las siguientes penas: a) A la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más multa de 3 unidades tributarias mensuales y a la pena Código: NXQHXDFVKBV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl accesoria de suspensión para cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autores de un delito consumado de Hurto Simple, del artículo 446 número 1, en relación al artículo 432 Código Penal, ejecutado en la ciudad de Las Cabras, con fecha 16 de enero 2021. b) A la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, más la pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena y a la pena accesoria especial consistente en la toma de muestra para la determinación de huella genética, y su inclusión en el registro respectivo en su calidad de autores, de un delito consumado de Porte Ilegal De Arma De Fuego, ocurrido la ciudad de Las Cabras, con fecha 16 de enero de 2021. c) A la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más multa de 3 unidades tributarias mensuales y a la pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena, en su calidad de autores de un delito consumado de Receptación, ocurrido en la ciudad de Las Cabras con fecha 16

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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. AUDIENCIA POR VIDEO CONFERENCIA Fecha Peumo, catorce de febrero de dos mil veintitrés Magistrado CONSTANZA VALENTINA ACUÑA SAUTEREL Fiscal Juan Fuenzalida Martínez Defensor Diego Baez Albornoz. Defensor Rodrigo Enrique Palacios Marambio. Hora inicio 10:23AM Hora termino 11:13AM Sala men Tribunal 1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo. Ac

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