Juzgado de Familia Ancud

ANONIMIZADO

Rol

C-51-2023

Fecha

21 de marzo de 2023

Materia

PATERNIDAD IMPUGNACION Y RECONOCIMIENTO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos:

Fundamentos

Considerando que la parte demandante no dio cumplimiento a lo ordenado en resolución de fecha 16 de marzo de 2023, dentro del plazo otorgado, se hace efectivo el apercibimiento señalado y en consecuencia no se da curso a la demanda presentada ante este Tribunal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese por estado diario. RIT: C-51-2023 Dictó Juez del Juzgado de Familia de Ancud, que se individualiza en la firma electrónica avanzada, según lo dispuesto en la Ley 20.886. Certifico, que la resolución que antecede se incluyó en el estado diario de hoy. Ancud, veintiuno de marzo de dos mil veintitrés.- R/gvj

Texto Completo (Preview)

Ancud, veintiuno de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Considerando que la parte demandante no dio cumplimiento a lo ordenado en resolución de fecha 16 de marzo de 2023, dentro del plazo otorgado, se hace efectivo el apercibimiento señalado y en consecuencia no se da curso a la demanda presentada ante este Tribunal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese por estado diario. RIT: C-

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica