SERGIO MAXIMO CASTRO LEAL C/ DAVID FELIPE GUERRA ÁLVAREZ
Rol
O-981-2022
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 19 de Enero del año 2022, siendo las 16.10 horas, carabineros de la Tenencia de Huara circulaba por la Ruta 5 Norte efectuando un patrullaje de escolta y al llegar al kilómetro 1964 de la comuna de Huara, se percatan que en medio de la calzada se encontraba una camioneta marca Dodoge, modelo Ram, placa patente única RHXK.66 la cual presentaba daños en su estructura, fiscalizando a su conductor el requerido David Felipe Guerra Álvarez, quien conducía en manifiesto estado de ebriedad, debido a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, practicándole el examen corporal de alcoholemia que arrojó como resultado 1,73 gramos por mil de alcohol en su sangre.” Pozo Almonte, trece de febrero del año dos mil veintitrés. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a don DAVID FELIPE GUERRA ÁLVAREZ, de nacionalidad chilena, cédula de identidad N° 17.556.198-6, domiciliado en en Punta del Este N° 605, Comuna de Arica, como autor del delito consumado de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 en la relación con el 110 de la ley 18.290, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 19 de enero del año 2022, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión Condicional 1 año CRS Arica Observación : • Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo someterse a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, por el periodo de UN AÑO, debiendo además cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. • Para el caso que le sea revocada la pena sustitutiva y deba por tanto cumplir de manera efectiva la pena corporal, se deja Código: QXXXXDSKZXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl . constancia que no cuenta con días de abono que considerar. • Se fija fecha de presentación al CRS Arica dentro de 10 días a contar de esta fecha. PENA PECUNIARIA Multa Cuo
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. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obr
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