Jgdo. L. y G. de Panguipulli

ANONIMIZADO

Rol

P-63-2023

Fecha

21 de marzo de 2023

Materia

VULNERACIÓN DE DERECHOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: 1º.- Que el objetivo de las medidas de protección es resguardar la integridad física y/o psicológica de los niños, niñas o adolescentes cuando estos han sido víctimas de vulneración de sus derechos, o adoptar una medida que tienda a su re- socialización cuando han infringido la ley penal. 2º.- Que es principio inspirador de la legislación de familia el interés superior del niño, niña y/o adolescentes, consagrado tanto a nivel legal como constitucional, el cual busca que ellos logren su mayor realización espiritual y material posible, lo que implica adoptar medidas que los...

Texto Completo (Preview)

Panguipulli, veintiuno de marzo de dos mil veintitrés. Téngase presente el pronunciamiento del Consejero Técnico de este Tribunal. Vistos: 1º.- Que el objetivo de las medidas de protección es resguardar la integridad física y/o psicológica de los niños, niñas o adolescentes cuando estos han sido víctimas de vulneración de sus derechos, o adoptar una medida que tienda a su re- socialización cuando

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