Juzgado de Garantía de Curico.

M.P. C/ VÍCTOR MANUEL LEYTON ORELLANA

Rol

O-6727-2021

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1. Que el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado contra del imputado VÍCTOR MANUEL LEYTON ORELLANA por el delito de Robo en lugar no habitado. fundado en los siguientes hechos: “El día 10 de octubre de 2021, en horas de la madrugada, los imputados Leyton Orellana y Valdés Bustamante, en compañía de otros dos individuos no individualizados, concurren a la Clínica San Patricio, ubicada en Avenida Bernardo O’Higgins Nº32, de Curicó, donde proceden a forzar la reja perimetral metálica de dos metros, sustrayendo uno de sus barrotes, donde ingresan al interior, para posteriormente efectuar daños en el control de alarma de dicho establecimiento de salud, ingresar a su interior y sustraer dos cajas recaudadoras de dinero color negro, una de las cuales mantenía la suma de $2.250.000, y una con la suma de $15.000, para luego huir del lugar, logrando recuperarse solamente la caja recaudadora menor con la cantidad de $15.000.” 2. Que con el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y la admisión de responsabilidad del requerido son suficientes para estimar Código: KSXTXDYRXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que se encuentran acreditados los hechos contenidos en el requerimiento, los que se encuadran en el tipo penal del artículo 442 N° 1 del Código Penal. 3. Que, el fiscal en audiencia admite la atenuante del número 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, por lo que solicita la pena consignada en el acta de esta audiencia. 4. Que la defensa del imputado no controvierte la existencia del delito, la participación de su mandante y estima ajustada a derecho la pena solicitada por el fiscal y solicita pena sustitutiva de remisión condicional. Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 14 N° 1, 15 N° 1 11 N° 9 y 442 N° 1 del Código Penal; artículos 4 de la Ley 18.216, y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 14 N° 1, 15 N° 1 11 N° 9 y 442 N° 1 del Código Penal; artículos 4 de la Ley 18.216, y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: I).- Que, SE CONDENA a VÍCTOR MANUEL LEYTON ORELLANA, cédula de identidad 21.267.974-7, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 10 de octubre de 2021, a cumplir la pena de TRESCIENTOS Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del cuerpo de normas citado, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. II) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado VÍCTOR MANUEL LEYTON ORELLANA el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, Centro de Reinserción Social de Curicó, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado VÍCTOR MANUEL LEYTON ORELLANA deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gen

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, catorce de febrero de dos mil veintitrés Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado VÍCTOR MANUEL LEYTON ORELLANA C édula identidad 21.267.974-7 Fecha de nacimiento 21 de enero de 2003 Dirección V. SAN MARTIN, Calle LAS PIEDRAS Nº 12 LOS NICHES-CURICO DELITO Robo en lugar no habitado. Participación

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