Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ JIMMY ALEJANDRO SALINAS JORQUERA

Rol

O-1847-2022

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.433, 436 INC. 1:, 438 Y 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día de febrero de , a las : horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Estefanía Alexandra Espinoza Lazo esperaba locomoción colectiva en un paradero ubicado en Avenida Alemania con calle Trece del Cerro Mariposa de esta ciudad, se acercan a la víctima los imputados Jimmy Alejandro Salinas Jorquera y Eduardo Edison Montoya Flores, quienes la abordaron con ánimo de apropiarse de las especies que portaba la víctima, manifestándole que eran ‘’choros’’ y que les entregara ‘’todas las weas’’, momento en que uno de ellos le dice que tiene una pistola en la mochila para intimidarla y que le entregara el teléfono celular marca Motorola, modelo G Plus, color azul metalizado, producto de ello la víctima se lo entregó al imputado Montoya Flores, quien le pide la clave la cual anotó en su teléfono celular, y una vez obtenida la especie cruzó la calle dándose a la fuga del lugar por una escalera. Mientras el otro imputado Salinas Jorquera la intimidaba, diciéndole que tenía un cuchillo el cual sacó mostrándoselo, correspondiente a uno del tipo mantequillero, momento en que violentamente le arrebató una cadena de plata desde el cuello de la víctima, preguntándole qué tenía en la mochila y que le entregara la plata, instante en que tomó a la víctima de la mochila, arrastrándola hacia él, y mientras la víctima oponía resistencia, Salinas Jorquera le muerde el antebrazo izquierdo, por lo cual comienza a gritar pidiendo ayuda, saliendo vecinos del sector, huyendo el imputado del lugar por la misma escalera. Que a raíz de estos hechos la víctima Estefanía Alexandra Espinoza Lazo resultó con lesiones de carácter leves que le provocaron moretones en su zona costal derecha, así como también en la zona interna de su brazo y antebrazo izquierdo”. Valparaíso, diez de febrero de dos mil veintitrés. Y, visto además lo dispuesto en los artículos , º, N° , N° , , , , , , , , , , inciso °, del Código Penal; artículo , y siguientes, , , , , , y siguientes del Código P

Fallo

se declara: PRIMERO.- Que se condena a JIMMY ALEJANDRO SALINAS JORQUERA, cédula de identidad N° . . - , ya individualizado, a la pena de CUATRO AÑOS de presidio menor en su grado máximo, más accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° en concordancia con el artículo 432 y 439 todos del Código Penal, en grado consumado, perpetrado en horas de la tarde del de febrero del en perjuicio de la víctima Estefanía Alexandra Espinoza Lazo, en las inmediaciones del paradero ubicado en Avenida Alemania frente a calle Trece, Cerro Mariposa de esta ciudad. SEGUNDO.- No concurriendo los requisitos exigidos por las normas pertinentes de la Ley . , la pena será cumplida efectivamente y se contará desde la fecha en que el acusado se encuentra ininterrumpidamente privado de libertad con motivo de la presente, esto es, el de marzo del año . TERCERO.- Atento al tipo de ilícito de que se trata y lo dispuesto en el artículo de la Ley . se ordena la determinación de huella genética a cargo del Servicio Médico Legal. CUARTO.- Se exime al acusado del pago de costas en atención a su aceptación de este procedimiento con lo cual evitó un juicio oral contribuyendo al ahorro de recursos estatales, materiales y humanos. Cúmplase en su oportunidad lo disp

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° - C/ SALINAS JORQUERA, JIMMY ALEJANDRO,cédula de identidad N° . . - , nacido el de septiembre del año , domiciliado en Pasaje La Tortuga, casa , Porvenir Bajo, Valparaíso. LOS HECHOS: “El día de febrero de , a las : horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Estefanía Alexandra Espinoza Lazo esperaba locomoción colectiva en un paradero ubicado en Avenida

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