2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LUKAS VICENTE LILLO PAVEZ

Rol

O-4070-2021

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.433, 436 INC. 1:, 438 Y 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día de diciembre de aproximadamente a las : horas, el acusado BASTIAN IGNACIO CANALES CAPDEVILLE, en compañía de un segundo sujeto cuya identidad se investiga, solicitaron un automóvil a través de la aplicación de transporte de pasajeros “Didi”, desde la intersección de San Marín con las Frutillas en la comuna de Quilicura. El conductor que respondió a ese requerimiento es la víctima de iniciales O.G.R.R., quien conducía su automóvil color rojo burdeo, marca Great Wall, modelo C- del año , placa patente única LTZB- , quien llegó al lugar que le indicaba la aplicación y quien permitió que subiera el acusado Canales Capdeville con su coparticipe, como pasajeros, quienes le señalaron que debían dirigirse a la comuna de Recoleta. Cuando se encontraban en viaje en la intersección de Las Frutillas con Los Nogales en la comuna de Quilicura, el imputado y su coparticipe extrajeron como estaba planificado, un arma de fuego con la que intimidaron a la víctima, a quien le exigieron la entrega de su vehículo, a lo que la víctima accede, no obstante lo cual uno de los imputados le disparó con el arma de fuego en el abdomen, abandonando a la víctima en el lugar, para posteriormente los imputados huir en el vehículo sustraído. La víctima resultó con lesiones consistentes en un trauma abdominal por arma de fuego, lesiones de carácter grave, de acuerdo al informe médico legal, secundarias a trauma contuso con compromiso abdominal por proyectil de arma de fuego y compromiso motor de extremidades que se encuentran en neurorehabilitación integral, además la víctima sufrió una polineuropatía, lesión por presión sacra, tetraparaparesia, con el diagnostico de lesiones graves. Con fecha de enero de , cerca de las : horas el acusado fue sorprendido conduciendo el automóvil Great Wall, modelo C- del año , placa patente única LTZB- , en las inmediaciones de las calles el Salto Chico con Pasaje El Sol en Recoleta, el cual había sido sustraído con anterioridad y que mantenía encargo

Fallo

SE DECLARA: I.-Que se CONDENA a BASTIAN IGNACIO CANALES CAPDEVILLE, ya individualizado, como autor de un delito de ROBO CON VIOLENCIA, del artículo inciso ° del código penal en grado de desarrollo consumado, hecho ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha de diciembre de a la pena de SIETE AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO Código: YBNJXDPKVMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MÍNIMO, más accesoria del artículo del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. II.-En cuanto a la forma de cumplimiento, por no reunir requisitos de la ley . la pena deberá cumplirse de manera real y efectiva sirviendo como ABONO el tiempo en prisión preventiva desde el de enero de , lo que suma un total de días.- III.- Incorporación de la huella genética del sentenciado. Art ley registro de ADN. IV.- Comiso de celular. V.- Sin efecto cautelares. VI.-OFICIO A OTRO TRIBUNAL: Advirtiendo el tribunal que mantiene pena alternativa de libertad vigilada intensiva suspendida desde el de agosto de , en causa diversa del Juzgado de garantía de Santiago, rit - Ruc -K, ofíciese en este acto, para los fines pertinentes, es decir revocación de la pena alternativa si procediere, (por cuanto estos hechos y esta sentencia son posteriores a la que mantiene ante vuestro trib

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR ZOOM. FECHA: catorce de febrero de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: - RIT: - IMPUTADO BASTIAN IGNACIO CANALES CAPDEVILLE C.I. - FECHA DE NACIMIENTO DIRECCION Avenida PERU N° , Block , Departamento COMUNA: Recoleta DELITO Robo con violencia ARTICULOS 3 del C

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