MP C/ JONATHAN ALEXIS CÁCERES VILA
Rol
O-1781-2022
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
DAÑOS SIMPLES., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., LESIONES LEVES., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Hecho 1: El día 25 de noviembre del año 2021 siendo aproximadamente las 21.45 horas, el requerido se encontraba en el interior del Mall Outlet Vivo ubicado en calle Las Quilas 1605 de Temuco. Se dirigió hacia una vitrina de ventas de joyas de nombre Carlo de Luna ubicado en este Mall y procedió a forzar la cerradura de una de las puertas de la vitrina, a sustraer diferentes tipos de joyas que iba ocultando en el interior de un bolso de género que portaba, siendo sorprendido por personal del Mall cuando efectuaba esta acción, logrando ingresar al interior del bolso joyas consistentes en pulseras, cadenas, anillos, colgantes de oro y de plata, especies que fueron fijadas fotográficamente y avaluadas en $ 777.570 pesos. El Imputado fue sorprendido en el momento en que efectuaba esta acción, no logrando la sustracción de las especies por la acción de terceras personas siendo trasladado, detenido por civiles a la sala de detenidos a la espera de la llegada de personal policial. En este lugar, el imputado comenzó a efectuar daños, golpeando las paredes de esta sala, rompiéndolas, provocándole daños en las paredes y en el techo, en el cielo falso, daños avaluados en la suma de $ 500.000 pesos. Hecho 2: El día 13 de febrero de 2022, alrededor de las 19:50 horas, el requerido don JONATHAN ALEXIS CACERES VILA, encontrándose al interior de la Código: NCKPXDQQMGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Temuco tienda comercial “EASY”, ubicada en Avenida Caupolicán 0650, comuna de Temuco, sustrajo con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño, diversas especies avaluadas en la suma total de $299.380.- pesos, equivalente a 5,45 UTM, las cuales ocultó al interior de una mochila que portaba, retirándose del lugar traspasando el eje de las cajas registradoras de dinero sin haber pagado el valor comercial de las especies, siendo sorprendido por los guardias de seguridad del establecimiento JO
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este JUZGADO DE GARANTIA, con fecha 10 de febrero el año en curso se llevó a efecto audiencia de Procedimiento Simplificado en contra del requerido JONATHAN ALEXIS CACERES VILA, se ignora profesión u oficio, Cédula Nacional de Identidad Nº 19.930.667-7, nacido el 24 de junio de 1998, soltero, maestro, domiciliado calle Las Quilas Nº 0141, Villa Los Alerces de Temuco, audiencia en la cual el Ministerio Público sustituyó el procedimiento y comunicó la acumulación a la presente causa de las causas R.I.T. 796-2022 y 10666-2021 de este Tribunal. SEGUNDO: Que los requerimientos presentados por el ente persecutor se refieren a los siguientes hechos: Hecho 1: El día 25 de noviembre del año 2021 siendo aproximadamente las 21.45 horas, el requerido se encontraba en el interior del Mall Outlet Vivo ubicado en calle Las Quilas 1605 de Temuco. Se dirigió hacia una vitrina de ventas de joyas de nombre Carlo de Luna ubicado en este Mall y procedió a forzar la cerradura de una de las puertas de la vitrina, a sustraer diferentes tipos de joyas que iba ocultando en el interior de un bolso de género que portaba, siendo sorprendido por personal del Mall cuando efectuaba esta acción, logrando ingresar al interior del bolso joyas consistentes en pulseras, cadenas, anillos, colgantes de oro y de plata, especies que fueron fijadas fotográficamente y avaluadas en $ 777.570 pesos. El Imputado fue sorprendido en el momento en que efectuaba esta acción, no logrando la sustracción de las especies por la acción de terceras personas siendo trasladado, detenido por civiles a la sala de detenidos a la espera de la llegada de personal policial. En este lugar, el imputado comenzó a efectuar daños, golpeando las paredes de esta sala, rompiéndolas, provocándole daños en las paredes y en el techo, en el cielo falso, daños avaluados en la suma de $ 500.000 pesos. Hecho 2: El día 13 de febrero de 2022, alrededor de las 19:50 horas, el requerido don JONATHAN ALEXIS CACERES VILA, encontrándose al interior de la Código: NCKPXDQQMGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Temuco tienda comercial “EASY”, ubicada en Avenida Caupolicán 0650, comuna de Temuco, sustrajo con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño, diversas especies avaluadas en la suma total de $299.380.- pesos, equivalente a 5,45 UTM, las cuales ocultó al interior de una mochila que portaba, retirándose del lugar traspasando el eje de las cajas registradoras de dinero sin haber pagado el valor comercial de las especies, siendo sorprendido por los guardias de seguridad del establecimiento JOSUÉ MIGUEL SÁNCHEZ VILCHES y RICARDO ALFONSO VÁSQUEZ VERA. Al momento de la detención, el requerido CACERES VILA agredió a las víctimas JOSUÉ MIGUEL SÁNCHEZ VILCHES y RICARDO ALFONSO VÁSQUEZ VERA, mediante golpes de pie y puño en diferentes partes de sus cuerpos, resultando SÁNCHEZ VILCHES con una contusión craneana, contu
Fallo
por estas causas. SEXTO: Que los antecedentes referidos en los considerandos anteriores y que son valorados por el Tribunal con libertad, sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos afianzados, permiten tener por establecido, más allá de toda duda razonable, la efectividad de los hechos consignados en los requerimientos efectuados por Código: NCKPXDQQMGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Temuco el Ministerio Público, y, que tales hechos son constitutivos de los siguientes delitos: Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº 2 del Código Penal, Daños Simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, perpetrados ambos por el acusado en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado; el delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 446 Nº 2 del Código Penal, perpetrado por el requerido en calidad de autor y en grado de desarrollo frustrado, dos faltas de Lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 Nº 5, del Código Penal, perpetrada por el requerido en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado y del delito de Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, perpetrado por el requerido en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado. SÉPTIMO: Que habiéndose aplicado el procedimiento simplificado y el imput
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Juzgado de Garantía de Temuco Temuco, quince de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este JUZGADO DE GARANTIA, con fecha 10 de febrero el año en curso se llevó a efecto audiencia de Procedimiento Simplificado en contra del requerido JONATHAN ALEXIS CACERES VILA, se ignora profesión u oficio, Cédula Nacional de Identidad Nº 19.930.667-7, nacido el 24 de juni
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