Juzgado de Garantía de Tomé.

JOSE ALFONSO ARANEDA TORRES C/ SEBASTIÁN ANDRÉS BUSTAMANTE MARTÍNEZ

Rol

O-45-2023

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS DEL REQUERIMIENTO Y CALIFICACIÓN JURIDICA: El imputado al momento de la detención si portaba su licencia de conducir, por tanto el delito por el que se le requiere es el de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, descrito y sancionado en el artículo 193 en relación al 110 de la Ley 18.290 Ley de Tránsito 2.- PENA SOLICITADA: 5 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesoria legal de suspensión de cargos públicos durante el tiempo de la condena, suspensión de licencia de conducir por 3 meses y costas de la causa. IV.- TRIBUNAL DICTA SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Tribunal da lectura a Requerimiento de la Fiscalía X Código: LGLQXDPXKGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:notifica_jg_tome@pjud.cl mailto:jgtome@pjud.cl mailto:sebbustamante.m@gmail.com JUZGADO GARANTIA TOME MAIPU 1038 INTERIOR TOME FONOS 41- 2654226 / 41-2654204 CORREOS ELECTRONICOS: notifica_jg_tome@pjud.cl / jgtome@pjud.cl Fiscal modifica pena en conformidad artículo 395 CPP X Tribunal consulta al imputado, si admite responsabilidad en hechos materia del requerimiento Imputado admite responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento Alegaciones de la Defensa X Tribunal dicta sentencia en procedimiento simplificado X HECHOS DEL REQUERIMIENTO ESCRITO RECTIFICADO EN AUDIENCIA: El día 13 de agosto del año 2022, a las 05:25 horas aproximadamente, en la vía pública específicamente la intersección de calle Brasil con calle Maipú, comuna de Tomé, el imputado ya individualizado condujo bajo la influencia del alcohol, el vehículo automóvil marca Hyundai, modelo Accent, color gris, año 2010, placa patente única CLFK-84. El examen de alcoholemia practicado al requerido arrojó como resultado 0,67 gramos de alcohol por litro de sangre. JUZGADO GARANTÍA DE TOMÉ C/ SEBASTIÁN ANDRÉS BUSTAMANTE MARTÍNEZ Tomé, quince de febrero de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas conside

Fallo

por tanto el delito por el que se le requiere es el de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, descrito y sancionado en el artículo 193 en relación al 110 de la Ley 18.290 Ley de Tránsito 2.- PENA SOLICITADA: 5 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesoria legal de suspensión de cargos públicos durante el tiempo de la condena, suspensión de licencia de conducir por 3 meses y costas de la causa. IV.- TRIBUNAL DICTA SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Tribunal da lectura a Requerimiento de la Fiscalía X Código: LGLQXDPXKGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:notifica_jg_tome@pjud.cl mailto:jgtome@pjud.cl mailto:sebbustamante.m@gmail.com JUZGADO GARANTIA TOME MAIPU 1038 INTERIOR TOME FONOS 41- 2654226 / 41-2654204 CORREOS ELECTRONICOS: notifica_jg_tome@pjud.cl / jgtome@pjud.cl Fiscal modifica pena en conformidad artículo 395 CPP X Tribunal consulta al imputado, si admite responsabilidad en hechos materia del requerimiento Imputado admite responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento Alegaciones de la Defensa X Tribunal dicta sentencia en procedimiento simplificado X HECHOS DEL REQUERIMIENTO ESCRITO RECTIFICADO EN AUDIENCIA: El día 13 de agosto del año 2022, a las 05:25 horas aproximadamente, en la vía pública específicamente la intersección de calle Brasil con calle Maipú, comuna de Tomé, el imputado ya individualizado condujo bajo la influencia del alcohol, el vehí

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JUZGADO GARANTIA TOME MAIPU 1038 INTERIOR TOME FONOS 41- 2654226 / 41-2654204 CORREOS ELECTRONICOS: notifica_jg_tome@pjud.cl / jgtome@pjud.cl INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO/SENTENCIA (POR VIDEOCONFERENCIA) Fecha Tomé, quince de febrero de dos mil veintitrés Magistrado PAULA MARÍA CAPRILE COSTA Fiscal ANA MARÍA PINCHEIRA ARÉVALO Defensor privado CESAR FERNANDO ALARCON VAL

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